Directora de Ética pide a la CCRD aplicar Ley Declaración Jurada

Santo Domingo, RD. -La directora de Ética e Integridad Gubernamental, Milagros Ortiz Bosch, pidió a la Cámara de Cuentas (CCRD) aplicar la Ley 311-14, para que los servidores públicos que no cumplan con su declaración jurada de patrimonio en los 30 días establecidos, sean llevados a la Procuraduría General de la República (PGR) a fin de ser sancionados.

Mientras que, Emma Polanco, presidenta de la CCRD, aclaró que el formulario de requisitos que deben llenar los funcionarios es muy extenso, pero que la entidad trabaja para hacerlo más fácil. Precisó que, la plataforma de la entidad no tiene complicaciones, sino el documento de requerimientos.

Hasta el momento, más de 45 alcaldes no han declarado su patrimonio, a 14 meses de ser juramentados. Tampoco han cumplido con la ley unos 34 diputados, según informó hace dos semanas el presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco.

Ortiz Bosch y Polanco hablaron este lunes por separado desde el Senado, tras concluir una reunión con los órganos que son parte del sistema de control de la República Dominicana para conocer su desarrollo.

La titular de Ética explicó que lidió mucho con el tema de la declaración jurada de patrimonio, porque cuando el presidente Luis Abinader asumió el Gobierno quería que se hiciera notorio su cumplimiento, ya que antes “nadie hablaba de eso”.

La funcionaria recordó que la Ley sobre Declaración Jurada de Patrimonio (Ley 311-14) fue creada en el año 2014, y sin embargo “nunca se ha aplicado”.

“El presidente (Luis Abinader) lo único que hacía era suspender, para obligar a que hiciera la declaración. Y conseguimos la sensibilización de todos ustedes, que ahora preguntan por la Cámara de Cuentas”, manifestó.

Dijo, asimismo: “Nunca se ha aplicado esa ley. Le corresponde a la Cámara de Cuentas jugar su papel. Y (esta CCRD) es nueva. Y ha salido con una nueva visión y una expectativa. Si hay una persona que no ha declarado sin sanción, la responsabilidad va a depender de la acción de la Cámara de Cuentas”.

Faltas graves

Milagros Ortiz Bosch hizo referencia al artículo 14 de la Ley 311-14, la cual establece que el servidor público en funciones que esté obligado a presentar declaración jurada de su patrimonio y no lo hace dentro del plazo establecido en esta ley u omitiere declarar algún bien, “incurrirá en faltas graves o de tercer grado”, según sea el caso, previstas en la Ley de Función Pública.

Quienes no declaren, pueden ser destituidos

Las faltas graves o de tercer grado tienen un abanico de hechos penalizables en la Ley de Función Pública. En su artículo 84, la normativa consigna 21 acciones ilícitas. Son faltas de tercer grado cuya comisión dará lugar a la destitución del cargo cometidas por cualquier servidor de la administración pública, el cual quedará inhabilitado para prestar servicios al Estado por cinco años, contados a partir de la fecha de notificación de la destitución. –elcaribe.com.do

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