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Aduanas otorga plazo para certificar calificación

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Aduanas informó que como resultado del proceso de cambios que ha experimentado la institución en los órdenes técnico, operativo y de seguridad, es necesario que los auxiliares aduanero certifiquen su calificación técnica, capacitación continua y actualización ante el organismo.

A fin de cumplir con ese requerimiento, Aduanas otorgó un plazo hasta el primero de enero de 2009, para que las personas físicas o jurídicas que operan como agentes de Aduanas actualicen sus expedientes, incluyendo el personal técnico que actualmente les represente.

Los agentes aduanales deberán depositar la documentación que certifique sus procesos de actualización, en la Consultoría Jurídica de la institución, antes del primero de enero del 2009.

Aduanas explicó que los que cumplan con los requisitos exigidos serán dotados de un carné de identificación electrónica que les permitirá acceder a las instalaciones de aduanas en todo el país.

Del mismo modo, los agentes de aduanas que califiquen serán dotados de un "usuario y clave para acceder al sistema informático a fin de registrar declaraciones a los diferentes regímenes aduaneros, así como también realizar consultas y pagos de expedientes vía Internet".

Asimismo, Aduanas advierte al sector de servicio y a las empresas que utilizan personal técnico bajo resoluciones "P" que de no obtemperar a esta disposición en el plazo señalado, se procederá a su suspensión en el sistema informático, conforme lo establecen los artículos 163 de la Ley de Aduanas y 4, literal X, de la Ley No.226-06 que confiere Autonomía a la DGA.

El organismo expresa que es de especial interés que los operadores económicos, gestores de servicio, llamados a desempeñar un rol preponderante en la transformación de la Aduana, suscriban su adhesión conforme las mejores prácticas aduaneras y el Marco Normativa de la Organización Mundial de Aduanas (OMA).

La decisión de Aduanas se ampara en los artículos 153, 154, 155, 158 y 162 de la Ley No.3489 para el régimen de Aduanas, 3, párrafos I y II, y 4, párrafo único de la resolución 84-05 del 11 de mayo de la Secretaría de Estado de Hacienda.

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