SANTIAGO.- La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago ordenó la suspensión inmediata de los trabajos de exploración minera del proyecto “Cobre El Hoyazo II”. La medida aplica en la Cordillera Septentrional.
La decisión está contenida en la Sentencia Civil Núm. 0514-2026-SSEN-00026. Además, el tribunal acogió una acción de amparo presentada contra la empresa Vertrixi Holding SRL y dos ministerios del Estado.
Fallo suspende actividades autorizadas en 2024
La sentencia dispone la paralización indefinida de la exploración de oro, plata, cobre y otros metales. Estas actividades se realizaban bajo la Resolución Núm. R-MEM-CM-013-2024.
Dicha autorización fue emitida el 5 de julio de 2024. Sin embargo, el tribunal ordenó su suspensión tras acoger los argumentos del accionante.
Argumentos del accionante y rol de Medio Ambiente
El abogado Winston Vásquez Valera sostuvo que durante el proceso se presentaron documentos y testimonios relevantes. Asimismo, destacó la posición del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
“Dicha empresa no tiene ni permiso, ni licencia, ni estudios”, afirmó el jurista al referirse a los elementos aportados al expediente.
De esta manera, el tribunal consideró suficientes los argumentos para disponer la suspensión de las actividades.
Alcance territorial de la decisión judicial
La medida impacta zonas de la Cordillera Septentrional en varias provincias del norte del país. Entre ellas se incluyen Altamira, Puerto Plata y Santiago.
También abarca distritos municipales como Pedro García, Río Grande, San Francisco de Jacagua y Yásica Arriba. En consecuencia, el alcance territorial del fallo es amplio.
Supervisión estatal y sanciones económicas
El tribunal ordenó al Ministerio de Medio Ambiente y al Ministerio de Energía y Minas supervisar el cumplimiento de la sentencia. Además, estableció mecanismos de control para su ejecución.
Asimismo, impuso un astreinte de RD$500,000 por cada día de incumplimiento. Este monto será pagado a favor del accionante en caso de retraso.
Reacciones de sectores ambientalistas
Grupos ambientalistas valoraron la decisión judicial. El sacerdote Nino Ramos destacó el contenido del fallo y su fundamentación.
“No tiene ni permiso, ni licencia, ni estudios”, señalaron voceros del movimiento ambientalista al respaldar la sentencia.
Además, advirtieron que se mantendrán vigilantes ante posibles recursos o intentos de reactivación del proyecto.
La decisión judicial abre un nuevo capítulo en el debate sobre la explotación minera en la Cordillera Septentrional.
En adelante, el cumplimiento del fallo y las eventuales apelaciones definirán el futuro del proyecto El Hoyazo II y de otras iniciativas extractivas en la zona.




