El Ministerio Público presentó ante el Tribunal de Ejecución de la Pena del Departamento Judicial del Distrito Nacional al procesado William Lizandro Rosario Ortiz, condenado a 5 años de prisión por su participación en el fraude del sorteo de la lotería judicializado a partir de la puesta en marcha de la Operación 13.
Contra Rosario Ortiz fue ejecutada la Orden de Retención emitida en virtud de la sentencia número SCJ-SS-25-1227, de fecha 31 de octubre de 2025.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó un recurso de casación incoado por Rosario Ortiz para que le fuera anulada la condena de cinco años de prisión que le impuso la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, mediante su sentencia penal núm. 502-2024-SSEN-00030, del 14 de marzo de 2024.
La corte de apelación condenó al procesado por violación a los artículos del Código Penal Dominicano, y los artículos de la Ley núm. 448-06, Sobre Soborno en el Comercio y la Inversión, los cuales tipifican y sancionan los tipos penales de soborno a funcionario público, por haberse presentado pruebas suficientes que destruyeron su presunción de inocencia.
Rosario Ortiz fue acusado, junto a otras personas, de concebir, coordinar y ejecutar el plan para manipular un sorteo de la Lotería Nacional, estableciendo roles diferenciados y estrategias comunes dentro de un concierto criminal previamente planificado.
El Ministerio Público lo procesó como el principal organizador y sobornante activo para la ejecución del sorteo fraudulento, coordinando los pagos y la ejecución del plan con sus colaboradores. El expediente indica que tuvo un rol activo en la coordinación y manipulación del sorteo, ejerciendo influencia indebida sobre los demás participantes.
En el mismo fallo contra Rosario Ortiz la Suprema Corte de Justicia también conoció otro recurso en el que declaró al coacusado Eladio Batista Valerio culpable de violar las disposiciones de los artículos del Código Penal dominicano.
En ese sentido, condenó a Batista Valerio a cumplir la pena de tres años de reclusión, con la suspensión total y condicional de su cumplimiento bajo las reglas del artículo 41 del Código Procesal Penal que disponga el juez de Ejecución de la Pena.
La Suprema condenó a William Lizandro Rosario Ortiz y a Eladio Batista Valerio al pago de las costas penales del proceso.
El condenado Rosario Ortiz deberá cumplir la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal.
En el proceso judicial que se conoció a partir de la puesta en marcha de la Operación 13 por parte del Ministerio Público también fueron sentenciados Valentina Rosario, Jonathan Brea, Carlos Berigüete y Felipe Santiago Toribio, quienes admitieron los hechos, siendo condenados a cinco años de reclusión cada uno, tres en los CCR Najayo Mujeres y Najayo Hombres y dos suspendidos.
Igualmente, fueron condenados Miguel Mejía y Rafael Mesa, los cuales fueron sentenciados a cinco años en la modalidad de pena suspendida.




