Funcionarios públicos podrán ser sometidos a la justicia

La Asamblea Nacional Revisora aprobó este martes los artículos 116 y 117 que dan carácter constitucional a la administración pública y que establecen que los funcionarios públicos estarán regulados por ley.

Asimismo, mandan que el acceso a la función pública esté sujeto al mérito y la capacidad de los candidatos, la formación y capacitación especializada y el régimen de incompatibilidad.

A continuación el texto completo de los artículos 116 y 117 de la reforma constitucional que fueron aprobados:

Capítulo III

Artículo 116.- La Administración Pública está sujeta en su actuación a los principios de eficacia, jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación, con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico del Estado.

Deberá regularse por ley el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública con arreglo al mérito y capacidad de los candidatos, la formación y capacitación especializada y el régimen de incompatibilidades de los funcionarios que aseguren su imparcialidad en el ejercicio de las funciones legalmente conferidas.

La ley regulará el procedimiento a través del cual deben producirse las resoluciones y actos administrativos, garantizando, siempre que se pueda la audiencia de los interesados.

Artículo 117.- Los Tribunales controlarán la legalidad de la actuación de la Administración Pública, pudiendo los ciudadanos instar ese control a través de los procedimientos que se determinen en la ley.

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