Santiago-La Asociación de Promotores y Constructores de Viviendas del Cibao (Aprocovici), llamó este viernes al Gobierno y al Congreso Nacional a revisar la Ley 137 que crea el Código Laboral, a los fines de que el 80% de los empleos en las empresas sean ocupados por trabajadores nativos y el 20% por extranjeros.
El presidente de Aprocovici, Nicolás Polanco, demandó que se cumpla esta ordenanza y dijo que en la actualidad se hace muy difícil cumplir con dicha disposición.
Asimismo, se quejó de que los inspectores de Ministerio de Trabajo realizan constante notificaciones y sometimientos a los constructores.
“Se hace necesario un incremento en la proporción de la participación de la mano de obra extranjera, en el mercado laboral”, dijo el ingeniero Polanco.
A juicio del empresario de la construcción, históricamente se da una realidad con la inmigración y es que el trabajo más pesado pasa a ser ocupado por los inmigrantes, y el sector construcción no es la excepción, por lo que las labores de albañilería, (colocación de blocks, pañete, obrero no calificado), ha estado siendo dominado por los extranjeros.
Asimismo, el presidente de Aprocovici, dijo entender que otra manera de regularizar el uso de mano de obra extranjera, es con la implementación de permisos temporales para obras específicas, vía la Dirección General de Migración.
También, el ingeniero Polanco, cito otro el acercamiento a instituciones como, Infotep, ISA, Pucmm, para motivar e implementar cursos técnicos relacionados con el sector de la construcción.
Declaró que las áreas que han trabajado en esa capacitación es, plomería, electricidad, carpintería, albañilería, formaletas, estructuras ligeras (Sheet-rock, densglass) Maestro constructor, para contar con mano de obra calificada.
El Código Laboral
La legislación laboral establece en su artículo 135 que el ochenta por ciento, por lo menos, del número total de trabajadores de una empresa debe estar integrado por dominicanos. Art. 136.
Lo salarios percibidos por los trabajadores dominicanos de una empresa deben ascender, en conjunto, al ochenta por ciento, por lo menos, del valor correspondiente al pago de todo el personal.