Declaran inadmisible recurso de Salcedo contra IU

La Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento del Distrito Nacional contra la sentencia emitida por el Juzgado de Paz para Asuntos Municipales en favor de la empresa Impacto Urbano, acusada por Roberto Salcedo de colocar publicidad ilegal en la vía pública.
 
Los jueces declararon la absolución de los imputados por presunta violación y en consecuencia se les descargó de toda responsabilidad penal por insuficiencia en las pruebas presentadas por el Ministerio Público y la parte querellante.
 
La querella fue interpuesta por  intermedio de los abogados  Carlos Salcedo Camacho, Nolasco Rivas  Fermín y Michel Camacho Gómez, contra  Miguel Pedro Sheppard e Impacto Urbano, por supuesta violación  a las  disposiciones del artículo 35 de la ley 675 sobre Urbanización, Ornato Publico.
 
En diciembre del año 2010, el Juzgado de Asuntos Municipales de San Carlos descargó de responsabilidad penal al principal ejecutivo de la firma Impacto Urbano, el argentino Miguel Pedro Sheppard.
 
En esa oportunidad, el tribunal estableció que el síndico Roberto Salcedo había reconocido en audiencia la existencia de una relación contractual entre esa firma publicitaria y la administración municipal y rechazó la demanda de RD$37 millones por daños y perjuicios contra Impacto Urbano.
 
“El tribunal fundamentó su decisión en el hecho de que el ejecutivo municipal admitió en audiencia haber firmado varias comunicaciones dirigidas a Impacto Urbano en las que solicitaba la asignación de elementos publicitarios para apoyar actividades institucionales, propaganda electoral de su campaña en el 2006 y eventos artísticos vinculados a las empresas particulares de Salcedo”, indica Impacto Urbano.
 
Los abogados de la empresa, Rafaela Espaillat, Félix Damián Olivares y Eduardo Jorge Prats, le presentaron al síndico varias cartas y le pidieron que leyera su contenido y que confirmara la autenticidad de su firma.
 
Posteriormente, “Salcedo reconoció que había enviado las cartas, solicitando la asignación de publicidad en base al contrato entre las partes, pero alegó que posteriormente se enteró que no existía un contrato formal entre el ayuntamiento y la empresa de capital argentino”, agrega la nota.
 
Al ofrecer la información sobre el fallo del tribunal, el Consejo de Defensa de Impacto Urbano, resaltó que éste se suma a otras seis sentencias dictadas en diferentes instancias a favor de la firma publicitaria y en contra del síndico Salcedo.
 
Aunque el tribunal rechazó el pedimento de archivar la acusación solicitado por los abogados de Impacto Urbano al inicio del proceso, consideró que no estaban reunidos los elementos constitutivos de la infracción imputada a esa empresa y a Sheppard, por lo que procedía el descargo puro y simple y el rechazo de la demanda en daños y perjuicios que por 37 millones de pesos había incoado el Ayuntamiento del Distrito Nacional.
 
La sentencia fue leída en extenso en audiencia celebrada el 29 de diciembre de 2010, informó Impacto Urbano.

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