Por disposición del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), las administradoras de riesgos de salud (ARS) y el Seguro Nacional de Salud (Senasa) y su red de prestadores de servicios de salud (PSS) deben brindar a su población afiliada cobertura de las atenciones médicas por accidentes de tránsito del 1 de enero al 30 de abril de 2013.
Durante ese período, según la resolución 306-04 aprobada por el consejo en la reunión del jueves 13 de diciembre, se deberá establecer la creación de un Fondo Nacional para Atenciones por Accidentes de Tránsito (Fonomat), tal y como lo contempla la Ley 87 01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), explicó el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto.
El funcionario explicó que el artículo 119 de la Ley 87 01 que crea el Sistema estableció que el Seguro Familiar de Salud no comprende los tratamientos derivados de accidentes de tránsito, ni los accidentes de trabajo, los cuales están cubiertos por la Ley 146-02, sobre Seguros y Fianzas y el Seguro de Riesgos Laborales, debiendo el CNSS estudiar y reglamentar la creación y funcionamiento de un Fonomat.
Detalló que el Consejo instruyó a la gerencia general a darle ejecución a la licitación internacional, aprobada por el CNSS, en vista de que luego de agotado el proceso debió declararse desierto por la no participación de proveedores locales.