La ley de Seguridad Social 87-01, en República Dominicana, contempla que si una persona fallece con tan solo un día después de haber iniciado un trabajo, le corresponde una pensión que debe ser otorgada a esposa o hijos menores de edad.
La información la ofreció este lunes la titular de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Nérsida Marmolejos.
“Desde que usted empieza a trabajar, usted y su familia tienen en un derecho», precisó la funcionaria durante una entrevista en el programa El Día, donde se mostró a favor de que los fondos de pensiones se usen para construir viviendas o mejorar el servicio energético, siempre que se cuente con una buena supervisión.




