Establecen estructura organizativa del Ayuntamiento SDE

El ministro de Administración Pública, licenciado Ramón Ventura Camejo, y el alcalde de Santo Domingo Este, licenciado Juan de los Santos, firmaron en la mañana de este miércoles un convenio para la implementación de la Resolución No. 03-14, a través de la cual el Concejo de Regidores de esa demarcación aprobó la estructura organizativa del Ayuntamiento de ese municipio de la provincia Santo Domingo.
 
Durante el acto oficial de rúbrica, el titular del Ministerio de Administración Pública (MAP) resaltó la importancia de fortalecer la institucionalidad en el poder municipal, como el eslabón de la administración pública que se encuentra más cercano a la ciudadanía.
 
En este sentido, el funcionario puso de manifiesto la trascendencia de que sea precisamente el Ayuntamiento de Santo Domingo Este el primero en establecer su estructura organizativa orgánica, en un esfuerzo que ha estado encabezado por el alcalde De los Santos, quien es también, presidente de la Federación Dominicana de Municipios, lo que puede contribuir a la multiplicación de este proceso de institucionalización municipal.
 
Asimismo, Ventura Camejo recordó que la implementación del sistema de carrera administrativa municipal en los ayuntamientos del país, es un proceso que cuenta con los auspicios de la Unión Europea, con el aporte de 18.7 millones de euros, mediante el Programa de Apoyo a la Sociedad Civil y las Autoridades Locales (PASCAL), que es ejecutado por el MAP y que ya comenzó con un proyecto piloto en 40 municipios de la República Dominicana, entre los que se encuentra Santo Domingo Este.
 
Por su parte, el alcalde Juan de los Santos destacó: “Esta importante acción nos permitirá avanzar en el propósito de modernización y adecuación del Ayuntamiento a los nuevos tiempos, porque la ejecutoria de la Carrera Administrativa Municipal, sin lugar a dudas, producirá estabilidad y sosiego laboral a nuestro personal y al mismo tiempo será un instrumento bueno y válido para incrementar su competencia, y por vía de consecuencia, aumentarían la cantidad y la calidad de los servicios y atenciones que debemos ofrecer a nuestros laboriosos pobladores y visitantes”.
 
Como un precedente de la resolución, De los Santos citó el convenio de colaboración interinstitucional firmado en el año 2012, entre el Ministerio de Administración Pública y el Ayuntamiento de Santo Domingo Este (ASDE), que tenía como objetivo fundamental realizar el diagnóstico y renovación de la estructura organizativa y, posteriormente, proceder con la implementación de la Carrera Administrativa Municipal del personal de nuestro Cabildo.
 
La resolución, emitida por el Concejo Municipal de Santo Domingo Este, en virtud de las facultades que le confiere la Ley No.176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, establece la Estructura Organizativa del ASDE, integrada por 23 dependencias, entre las cuales se incluye, además del alcalde y el Concejo Municipal y sus dependencias, la Secretaría General, la Secretaría Técnica, la Direccion Administrativa, la Dirección de Arbitrios y Rentas Municipales, la Dirección de Comunicaciones, el Cuerpo de Bomberos, la Dirección de Defensoría y Uso de los Espacios Públicos, la Dirección de Desarrollo de Comunitario, la Dirección Desarrollo Social y la Dirección de Equipos y Transporte.
 
Asimismo, la Dirección Financiera, la Dirección de Gestión Ambiental, la Dirección de Informática, la Dirección de Ingeniería y Obras, la Dirección Jurídica, la Dirección de Limpieza y Aseo, la Dirección de Planeamiento Urbano, la Dirección de Recursos Humanos, la Dirección de Seguridad, la Dirección de Supervisión y Fiscalización de Obras y la Dirección de Tesorería.
 
Entre los considerandos de la resolución se explica que, “debido al carácter independiente que establece la Ley No.176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, tanto la Administración como el Concejo de Regidores del Ayuntamiento Santo Domingo Este, requieren estipular de manera gráfica, tanto las instancias administrativas creadas por esta Ley, así como las que han surgido producto de las necesidades de los munícipes”.
 
Otro considerando manifiesta que “uno de los elementos básicos para la aplicación y sostenibilidad del proceso de reforma y modernización del Estado y la administración pública, es la necesaria implantación de la Ley de Función Pública No. 41-08, del 16 de enero del 2008, a fin de promover el desarrollo y motivación de sus recursos humanos, así como la profesionalización de la administración pública, a nivel central, de las entidades autónomas, los municipios y en los órganos constitucionales que correspondan”.

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