La Cámara de Diputados liberó este miércoles de enviar a comisión el proyecto de ley que declara Loma Miranda parque nacional, con las modificaciones introducidas por el Senado de la República y se procedió a darle lectura.
El presidente de la Cámara Baja, Abel Martínez Durán, explicó al hemiciclo los pormenores de realizarle cambios a la pieza enviada por el Senado, así como del tiempo que le queda a la actual legislación para aprobar el proyecto.
Este martes los voceros de las diferentes bancas legislativas expresaron su desacuerdo con algunos cambios hechos por el Senado, especialmente en el aspecto de las fuentes económicas para resarcir a las personas y empresas lesionadas con el proyecto.
La propuesta aprobada por el Senado y que se entiende como un “gancho”, es el artículo ocho sobre el “Derecho de Propiedad”, el cual establece que dado el hecho de que los terrenos donde está ubicada Loma Miranda, incluyendo el área de los depósitos de minerales que contienen ferroníquel, están en posesión o son propiedad legítima de más de un propietario, corresponde al Poder Ejecutivo actuar sobre estos bienes con apego al Artículo 51 de la Constitución de la República, en especial en su numeral 1.
Dicho artículo de la Constitución dispone: «Ninguna persona puede ser privada de su propiedad sino por causa justificada de utilidad pública o de interés social, previo pago de su justo valor, determinado por acuerdo entre las partes o sentencia de tribunal competente, de conformidad con lo establecido en la ley. En caso de declaratoria de Estado de Emergencia o de Defensa, la indemnización podrá no ser previa.»
