Diputados aprueban aumento capital Banreservas

Los diputados aprobaron por unanimidad este martes de urgencia y en dos lecturas consecutivas, la Ley que autoriza aumentar el Capital Social del Banco de Reservas de la República Dominicana.
 
En su artículo dos, la pieza establece que es conveniente que dicho organismo financiero incremente su capital social en consonancia con las normativas internacionales para instituciones financieras, lo que mejoraría su calificación internacional ele riesgo y, además, le beneficiará en términos de imagen y posicionamiento.
 
La iniciativa indica que el aumento de capital será efectuado en varios tramos mediante reinversión de dividendos, siguiendo los lineamientos establecidos por la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana y la Junta Monetaria.
 
Ley Orgánica del Banco de Reservas, como consecuencia del aumento del capital social del Banco de Reservas de la República Dominicana, Banco de Servicios Múltiples, a la cantidad de RD$5 mil 500 millones totalmente suscrito por el Estado dominicano. Una vez hayan sido realizadas las capitalizaciones de utilidades proyectadas para los años 2014 y 2015 por la suma de RD$4 mil 500 millones aprobadas en esta Ley, el capital suscrito y pagado ascenderá a RD$10 mil millones.
 
También los legisladores sancionaron el proyecto de Ley de Derecho Internacional Privado de la República Dominicana.
 
La iniciativa legislativa es de la autoría de los senadores Reinaldo Pared Pérez y Julio César Valentín Jiminián.
 
En el considerando quinto, la pieza establece que la presente iniciativa moderniza la reglamentación que hasta la fecha ha proporcionado para nuestro país el Código Bustamante.
 
Mientras que el artículo sexto indica que se hace necesario que el Estado dicte una disposición que le permita regular con eficiencia las relaciones civiles, como lo es el divorcio entre extranjeros, respetando la autonomía de la voluntad y acorde con los tratados internacionales.
 
De igual manera fue sancionado en primera lectura el proyecto de ley del Colegio de Abogados de la República Dominicana.
 
Asimismo, el hemiciclo sancionó el proyecto de ley que modifica la Ley No.139-97, del 19 de junio de 1997, mediante la cual los días feriados del calendario que coincidan con los días martes y miércoles, jueves o viernes serán trasladados de fecha.
 
En la pieza quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente ley los siguientes días feriados:
 
«El primero de enero, Día de Año Nuevo; «6 de enero, Día de los Santos Reyes; «21 de enero, Día de Nuestra Señora de La Altagracia; «26 de enero, Día del natalicio de Juan Pablo Duarte; «27 de febrero, Día de la Independencia Nacional; «16 de Agosto, Día de la Restauración de la República; «24 de septiembre, Día de las Mercedes; «25 de diciembre. Día de Navidad».

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