La presidenta de la Cámara de Cuentas, Licelot Marte de Barrios, lamentó que todavía no haya un precedente en la República Dominicana de sanción a funcionarios que no han hecho su declaración jurada.
“Es responsabilidad del Estado establecer mecanismos tendentes a proscribir la corrupción, a través de la configuración en su sistema legal de un tipo penal sobre enriquecimiento ilícito, que pueda aplicarse en forma independiente para la persecución y sanción del incremento patrimonial desproporcionado, y que posibilite la recuperación de los bienes que hayan sido distraídos de la administración”, sostuvo la funcionaria.
En un discurso pronunciado en la apertura de un taller para periodistas, Marte de Barrios significó que la Ley 311-14, tiene por objeto instituir el Sistema Nacional Automatizado y Uniforme de Declaraciones Juradas de Patrimonio; establecer las instituciones responsables de su aplicación y jerarquizar su autoridad.
Sustentó que “el correcto desempeño de los funcionarios públicos y la transparencia en sus actuaciones solamente pueden ser garantizados mediante las disposiciones legales eficientes, provistas de un sistema sancionador que comprometa la responsabilidad de quienes ejercen la función pública, y que a su vez garantice la ejecución de las sanciones, lo cual asegurará la efectividad y cumplimiento de la norma, promoviendo la buena gestión pública”.
Afirmó que los funcionarios públicos están obligados dentro de los 30 días siguientes a su toma de posesión, a hacer una declaración jurada de los bienes que constituyen su patrimonio y el de la comunidad conyugal.
“Cuando un funcionario público es objeto de una investigación sobre su patrimonio, la autoridad competente podrá requerir la actualización de su declaración jurada de bienes”, enfatizó.
Marte de Barrios expresó que es obligación de los titulares de los poderes públicos u órganos responsables de la designación o elección de los funcionarios públicos, informar a la Cámara de Cuentas del cese en sus funciones de los empleados públicos.