El expresidente del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (Codia), ingeniero Teodoro Tejada, aseguró que los distritos municipales no tienen potestad para emitir certificaciones de no objeción de proyectos, uso de suelo y edificación, independientemente de la existencia o no de un reglamento de aplicación de la Ley 368-22, de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos.
“Los ayuntamientos municipales son los únicos facultados para autorizar el uso de suelo y la edificación, conforme al artículo 52, literal c), de la Ley núm. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios”, indicó el empresario y experto en grandes construcciones de obras
Recordó que la Constitución de la República, en su artículo 201, al definir los Gobiernos Locales, establece El gobierno del Distrito Nacional y el de los municipios estarán a cargo, cada uno, del ayuntamiento, constituido por dos órganos complementarios: el Concejo de Regidores y la Alcaldía.
“La Sentencia Tribunal Constitucional-0152-13, en su segundo ordinal, rechazó en cuanto al fondo la acción por conflicto de competencia interpuesta por el director del Distrito Municipal de Verón-Punta Cana contra el Ayuntamiento Municipal de Salvaleón de Higüey”, explicó.
Teodoro Tejada señaló que en consecuencia, el referido tribunal declaró que el Distrito Municipal de Verón-Punta Cana es un órgano desconcentrado del municipio Salvaleón de Higüey, y que, por tanto, carece de competencia para crear una Oficina de Planeamiento Urbano, así como para otorgar permisos de construcción, demolición y uso de suelo dentro de su territorio.
“Tampoco puede establecer arbitrios de ninguna naturaleza sin previa autorización del Concejo de Regidores del Ayuntamiento de Salvaleón de Higüey, que es el órgano con facultad normativa y reglamentaria, conforme a lo establecido en la Constitución y en las leyes núm. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, y núm. 6232-63 sobre Planificación Urbana”, significó.
Se recuerda, que el director de la Junta Distrital Verón-Punta Cana, Ramón Ramírez, ha venido exigiendo al Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) que reconozca las certificaciones emitidas por dicha junta en relación con los proyectos de construcción en su demarcación, en atención al artículo 26, numeral I, de la Ley núm. 368-22 sobre Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.