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Senado aprueba el proyecto de ley de vacunas

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Santo Domingo, RD. –En una sesión ordinaria realizada en San Francisco de Macorís, provincia Duarte, en ocasión al 245 aniversario de la fundación del municipio, el Senado aprobó en primera lectura y por unanimidad el proyecto de ley de vacunas de la República Dominicana.

El objetivo de la iniciativa es garantizar la protección adecuada de la población contra enfermedades prevenibles por vacunación, a través de la regulación y promoción de mecanismos que garanticen en todas las instituciones públicas y privadas del sistema nacional de salud.

Asimismo, la adquisición de vacunas, sus insumos y equipos asociados, su abastecimiento, disponibilidad, distribución, adecuada conservación, prescripción y aplicación de ellas, de acuerdo con el Esquema Nacional de Vacunación y el Esquema Especial de Vacunación, procedimientos establecidos por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (Mispas).

La pieza, reintroducida en varias ocasiones tras ser sancionada en la Cámara Alta y perimir en la Baja, tiene como proponentes a los senadores Faride Raful (PRM-Distrito Nacional; Lía Díaz (PRM-Azua); Melania Salvador (PRM-Bahoruco); Bautista (Bauta) Rojas (FP-Hermanas Mirabal); y Ginnette Bournigal (PRM-Puerto Plata).

El proyecto fue sometido en primera ocasión en el Senado el 29 de septiembre del 2020 (en apogeo de la COVID-19) y tomado en consideración el 07 de octubre de ese mismo año; luego fue refrendado por el pleno senatorial, no así por la Cámara Baja, en donde recibió fuertes críticas y objeción por parte de diputados, quienes señalaron que la normativa disponía la obligatoriedad de vacunarse.

De acuerdo con el artículo tres del pliego de ley, el Estado deberá aplicar de manera gratuita las vacunas que forman parte del Esquema Nacional de Vacunación, establecido en lo adelante en la pieza, de forma continua, sin discriminación y en los términos y las condiciones señaladas por el indicado esquema de vacunación, así como aquellas que el Mispas determine en situaciones extraordinarias, como elemento básico para el pleno ejercicio del derecho a la protección de la salud de las personas.

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