Jueces y juezas de diferentes jurisdicciones, categorías y tribunales del país, coordinados por el magistrado Julio César Araújo, recomendaron al Consejo del Poder Judicial varias modificaciones a la propuesta de reglamento que organiza el Sistema de Escalafón Judicial y Provisión de Cargos Judiciales.
El presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Miguel Surun Hernández, pidió respeto al escalafón de los jueces y anunció la decisión de someter acciones legales tendentes a combatir “los abusos cometidos” contra jueces suplentes por el presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, Luis Henry Molina.
Surun Hernández explicó que a los jueces suplentes que ganaron el concurso se les negó el derecho al acceso a la Carrera Judicial por parte del presidente del Consejo del Poder Judicial.
Entre las propuestas de modificaciones planteadas por los jueces y juezas, está el criterio de la antigüedad en la carrera judicial, que debe ser coherente con el tiempo laborado en la institución, ya que la propuesta de reglamento contempla que el juez o jueza con 30 o más años de antigüedad tenga el mismo puntaje o tratamiento que aquel que tiene 20 años de servicios en la institución.
Recomiendan examinar el estatus de los jueces y juezas itinerantes, cuya función esencial es suplir continuamente en los diversos tribunales de primera instancia; función judicial que consideran “de altísima relevancia”, pero que no ha sido contemplada dentro de los criterios o parámetros fijados en la propuesta de reglamento.
En relación con los traslados de jueces y juezas, señalan que la propuesta de reglamento contradice el artículo 18 de la Ley 327-98 sobre Carrera Judicial, al otorgar una amplia discrecionalidad al Consejo del Poder Judicial para ordenar traslados sin el consentimiento previo del juez o jueza.
En ese plano, recomiendan la eliminación de esa directriz, porque además constituye una inobservancia del precedente constitucional fijado en la sentencia TC/0268/20 que describe el alcance de la potestad reglamentaria de dicho órgano constitucional.
También, recomiendan que los traslados solicitados por los jueces y juezas sean decididos dentro de los 30 días hábiles siguientes de su presentación.