Industria y Comercio entrega borrador con reglamento a productores del Ron Dominicano

El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) entregó a los actores industriales el reglamento técnico para la producción del ron en República Dominicana, para los fines de análisis, propuestas y recomendaciones.

El encuentro de la Comisión Técnica Interinstitucional Ampliada, compuesta por representativos del sector público y del sector privado fue presidido por el viceministro de Desarrollo Industrial del MICM, Juan Tomás Monegro, dijo que la elaboración del documento se tomó seis meses.

Expresó que la parte pública de la Comisión Técnica Interinstitucional Ampliada sostuvo 22 reuniones de trabajo para realizar indagaciones, lecturas y consultas, y tomar notas “de buenas prácticas sobre cómo hacer bien las cosas en materia de reglamentación técnica”.

Agregó que “organizamos y realizamos un Tour del Ron; tuvimos el privilegio de ser recibidos en prácticamente la totalidad de industrias roneras del país, lo que sumó entendimiento y comprensión de los procesos”.

Indicó que no existen dudas de que se está haciendo un ejercicio de buena práctica de reglamentación técnica, y de que este reglamento será un instrumento prototipo, ya que tiene los elementos necesarios para un buen reglamento técnico, incluido el tema de la evaluación de la conformidad.

Señaló que con la entrega del reglamento, el MICM hace un ejercicio democrático, abierto, transparente, incluyente y conciliador, y ejerce la irrenunciable potestad de regulación conferida por la Ley y Constitución al Estado Dominicano.

Monegro destacó los esfuerzos que el Gobierno despliega para que la industria del ron se desarrolle y mantenga la línea de penetración en los mercados mundiales y sirva como elemento distintivo para el turismo en República Dominicana.

El reglamento incluye la evaluación de la conformidad, etiquetado y envasado, las cuales tienen que ver con prácticas permitidas y no permitidas en la elaboración del ron.

Además la inspección y supervisión del mercado y las sanciones por incumplimiento a lo que disponga el reglamento, conforme a lo que establecen las leyes en República Dominicana, como son las leyes de salud, la propia Ley de Industria y Comercio o la a propia Ley de Pro consumidor.

Recordó que en el país existe una Ley sobre Comercio ilícito que también es aplicable a cualquier tipo de actividad irregular.

Los actores industriales tienen un plazo de 10 días calendario para presentar sus observaciones a la Comisión Técnica; luego de que el borrador esté consensuado, en un plazo de 60 días serán celebradas vistas públicas.

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