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Nueva Medida Penaliza a Inmigrantes que Usen Ciertos Beneficios Públicos.

LA VOZ DE LOS QUE NO LA TIENEN ||
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Lorraine E. Pérez, Abogada de Inmigración en EE. UU.

El año pasado la administración del Presidente Trump anunció la publicación de una nueva medida, para asegurar que aquellos que buscan entrar y permanecer en los Estados Unidos, sea temporal o permanentemente, puedan sostenerse financieramente y no dependan de los beneficios públicos.

Recién, el 14 de agosto del 2019, fue expedida oficialmente la ley de Inadmisibilidad por Carga Pública (en inglés: “Final Rule on Public Charge Ground of Inadmissibility”), la cual determina si alguien que ha solicitado su admisión o ajuste de estatus es considerado una carga pública y por lo tanto sujeto a ser inadmisible. Esta ley entrará en vigencia a partir del 15 de Octubre del presente año.

El plan de la administración está basado en la ley de más de 100 años de «carga pública», definida luego en el año 1999: Una persona que es muy probable que se vuelva «dependiente primordialmente» de los servicios gubernamentales no puede convertirse en un residente legal permanente. Esta regla también aplica a los solicitantes de visa en el extranjero o personas que buscan extender una visa temporal dentro de los Estados Unidos.

En este momento, solo los beneficios en efectivo, tales como asistencia temporal para las familias necesitadas, o cuidado institucional a largo plazo, son factores considerados al determinar si una persona es probable que se convierta en una «carga pública».

Esta nueva medida aplica tanto a extranjeros que deseen ajustar su estatus y convertirse en residente legales de los Estados Unidos, como a los portadores de visa que buscan extender su estadía o cambiar su estatus, que hayan recibido o hayan sido certificados para recibir uno o más beneficios públicos dentro de cualquier periodo de 36 meses (comenzando a contarse esos 36 meses antes de solicitar su admisión o ajuste de estatus a partir del 15 de octubre del 2019). Esto último aplica inclusive si están solicitando fuera de los Estados Unidos (proceso consular).

Serán exceptuados de esta regla: Los inmigrantes que sean refugiados, asilados, Afganos e Iraquíes con visas especiales; víctimas de tráfico o algunos crímenes; individuos aplicando bajo la ley de violencia contra la mujer; jóvenes inmigrantes especiales; aquellos que el DHS les ha perdonado la inadmisibilidad por carga pública; al igual que aquellos que al tiempo de su recibo o el momento que sometieron su aplicación están enlistado en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o están sirviendo en la reserva de la misma.

En cuanto a los beneficios del Medicaid, el Departamento de Seguridad Nacional (en inglés: Department of Homeland Security y conocido por sus siglas DHS) no considerará como beneficios del Medicaid los siguientes: Tratamiento de una condición médica de urgencia; servicios o beneficios a favor de las personas discapacitadas; servicios o beneficios escolares para los mayores de edad (adultos mayores); inmigrantes menores de 21 años; mujeres embarazadas y mujeres hasta los 60 días después del parto.

Por otra parte el DHS considera como beneficio público lo siguiente: Cualquier dinero proveniente federal, estatal, local o tribal para ayudar al sustento; ayuda suplementaria de Seguridad Social; asistencia temporal para familias necesitadas (TANF); cualquier “asistencia general” en dinero federal, estatal o local; asistencia alimentaria (Food Stamps); ayuda para viviendas de la sección 8 bajo el programa “Housing Choice Voucher Program”; ayuda para asistencia de renta bajo la sección 8, incluyendo rehabilitación moderada; ayudas bajo section 9 “Housing Act 1937, 42 USC 1437 et seq.; fondos federales del Medicaid (con algunas exclusiones).

Teniendo en cuenta lo anterior, el oficial quien adjudicará el caso mirará un conjunto de factores positivos y negativos para considerar al solicitante como una futura carga pública. Estos factores, entre otros, serán la edad, salud, estatus familiar, estado financiero, educación y habilidades y el affidavit presentado (Forma I-864) para algunos casos.

Igualmente existen factores que ayudarán a que un extranjero no sea considerado carga pública, como es el hecho de que sus ingresos o los de su patrocinador superen en el 250% los de la Guía federal de pobreza de acuerdo a sus dependientes. Igualmente ayudará el hecho de que el extranjero tenga un seguro privado de salud por el periodo que espera su admisión a los Estados Unidos y que no reciba de ninguna forma subsidios para pagar dicho seguro.

Llama la atención que la nueva ley permite una fianza en determinadas circunstancias a discreción del Servicio de inmigración. Esta fianza permitirá que el futuro inmigrante o solicitante obtenga una exención de esta ley. El mínimo que la ley tasó para esta fianza es de $8,100 dólares.

Desde hacía meses se había filtrado una versión de esta medida a la prensa, y ya había sido altamente criticada por funcionarios públicos, administradores de salud pública y otros a lo largo de la nación, debido al gran alcance de las implicaciones en la salud y en el bienestar de las familias en los Estados Unidos. Al día de hoy, trece (13) Estados han entablado una demanda sobre la nueva ley de “carga pública” de la administración del Presidente Trump.
Bajo esta ley, millones de inmigrantes actuales y aspirantes a ser inmigrantes, quienes no han hecho nada malo y simplemente han seguido las reglas, pueden ser separados de sus familias e imposibilitados de conseguir el sueño americano. Estados Unidos siempre ha aspirado a ayudar a los pobres y oprimidos de todas las tierras, con esta nueva ley de “carga pública” no será posible.

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