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La Constitución del 2010: Una reforma integral

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Al fragor del debate político actual, suele deslizarse la idea de que la reforma constitucional realizada en el 2010 se corresponde con los mismos propósitos u objetivos de otras realizadas a nuestra Carta Sustantiva durante las últimas dos décadas.

Nada más incierto. De las cuatro reformas efectuadas en nuestro país desde la década de los 90, solo la del año 2010 tuvo un carácter verdaderamente integral. Las demás (1994, 2002 y 2015) se correspondieron con la solución de una crisis o con hacer posible la reelección presidencial.

Por ejemplo, la reforma de 1994 se concibió como solución al conflicto post-electoral entre el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC). Planteaba, entre otros aspectos, la reducción del periodo presidencial en dos años; la eliminación de la reelección consecutiva; y la creación del Consejo Nacional de la Magistratura para la escogencia de los magistrados integrantes del Poder Judicial.

Sin embargo, con la llegada al poder del PRD para el periodo 2000-2004, se puso en ejecución otra reforma a nuestra Carta Sustantiva, en el año 2002, con la finalidad de facilitar la reelección, al permitirse un segundo mandato consecutivo.

Eso suscitó grandes controversias en el ámbito político nacional. Se produjo un amplio rechazo en la opinión pública. Se generó una escisión interna en el partido de gobierno. Se expandió una crisis de confianza en el sistema de partidos; y en medio de la crisis económica y social provocada por la quiebra de varios bancos, la ilusión reeleccionista terminó por desvanecerse con el voto castigo expresado en las urnas.

Con el naufragio experimentado por el gobierno del partido blanco, retornó al poder en el 2004 un nuevo gobierno del Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Ese gobierno estableció como prioridad superar la crisis económica heredada de la pasada gestión y aplicar políticas orientadas hacia la recuperación de la estabilidad y el crecimiento de nuestra economía.

PROCESO DE REFORMA

La situación de inestabilidad de la economía dominicana quedó rápidamente superada. Se logró recuperar la confianza de los inversionistas; y se retornó a niveles de crecimiento promedio anual de un 7% del PIB.

Alcanzados esos objetivos, el gobierno peledeista pasó a concentrarse, a partir de la renovación de su mandato en el 2008, a establecer en su agenda la materialización de importantes reformas institucionales, entre las cuales destaca, como elemento fundamental, una reforma a la Constitución de la República.

Para introducir esa reforma a nuestra Ley de Leyes, se puso en práctica un método inédito, totalmente desconocido en la historia de nuestro país. Se hizo una consulta popular, que aun sin estar contemplada en nuestro ordenamiento jurídico, permitió una amplia participación de diversos sectores de la vida nacional en el gran debate acerca de los contenidos que debían incorporarse al nuevo texto de la Constitución.

Se integraron al proceso de discusión sobre la reforma constitucional, entre otros, los partidos políticos; los medios de comunicación; los clubes culturales; las iglesias; las universidades; los gremios profesionales; los sectores empresariales; las organizaciones campesinas; los ecologistas; y el movimiento feminista.

Fue un proceso verdaderamente histórico, ejemplar. Con gran entusiasmo, los sectores más representativos de la vida nacional se integraron para aportar ideas, conceptos, valores y principios, a la norma jurídica por excelencia que serviría de norte para la consolidación de la democracia, la libertad, la justicia social y el progreso en la República Dominicana.

Conjuntamente con esa consulta popular, se creó una comisión de juristas, compuesta por destacados profesionales del ámbito del Derecho Constitucional. Estos, a su vez, procuraban darle sentido técnico-jurídico a las diversas propuestas, que en forma espontánea emergían del sentimiento, la imaginación y la creatividad del pueblo dominicano.

ESTADO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL DE DERECHO

La reforma constitucional dominicana del 2010 estaba en consonancia con el conjunto de reformas a la Carta Sustantiva que se venían realizando en el mundo iberoamericano desde que España llevó a cabo la suya en 1978.

El proceso de transición de regímenes autoritarios a gobiernos civiles electos que logró materializarse en América Latina durante los años 80 y 90, motivó que durante esos mismos años, 15 países de la región procedieran a realizar verdaderas reformas integrales a sus respectivas constituciones.

Fue una época excepcional de la historia democrática de América Latina. Se procuraba consolidar el Estado democrático y social de Derecho en nuestra región. Para alcanzarlo, desde el punto de vista institucional, se procedió a lo que ya se conoce como la era del neo-constitucionalismo latinoamericano.

La República Dominicana estaba necesitada de una reforma integral parecida. La Constitución de 1966, que se corresponde con el inicio de la era de Balaguer, duró 28 años. Pero ese texto constitucional carecía de una indicación de valores y principios; adolecía de lagunas y gazapos; y estaba afectada de inconsistencias y desatinos.

La reforma de 1994, emanada de la crisis post-electoral, no contribuyó a su superación. Mucho menos la del 2002, que se limitó, única y exclusivamente, a hacer posible un proyecto de reelección presidencial, que al final se desplomó en forma estrepitosa.

Fue, en realidad, la reforma integral del 2010, la que vino a ponerse a tono con, y hasta a superar, conforme al criterio de varios especialistas internacionales de Derecho Constitucional, el moderno sistema de reforma constitucional de América Latina.

La reforma constitucional del 2010 estableció con criterios claros e inobjetables el concepto de nacionalidad dominicana. Consagró el principio de Estado democrático y social de Derecho como norma de convivencia pacífica y civilizada; y estableció nuevas garantías al pleno ejercicio de los derechos fundamentales.

Esa reforma, además de consolidar los derechos clásicos, incorporó derechos de segunda y tercera generación, como son los derechos económicos y sociales; los derechos culturales y deportivos; así como los derechos colectivos y difusos, de protección al medio ambiente y al patrimonio histórico y urbanístico.

De igual forma, permitió la iniciativa legislativa popular; promovió la equidad de género; creó las figuras del referéndum y el plebiscito; el Consejo del Poder Judicial, el Tribunal Superior Electoral, el Tribunal Superior Administrativo, el Defensor del Pueblo y el Tribunal Constitucional.

Vista en conjunto, tanto por su carácter procedimental como por su aspecto sustantivo, la Constitución del 2010, conjuntamente con la de 1963, representa la más profunda, participativa y democrática de todas las constituciones elaboradas en la República Dominicana desde su fundación en el 1844.

Hay quienes, desde un principio, quisieron trivializarla y reducirla al aspecto relativo a los periodos presidenciales. Con eso se intentaba equipararla a las reformas del 2002 y del 2015, las cuales se circunscribían, simple y llanamente, a hacer posible la reelección presidencial de los incumbentes.

Pero no es el caso de la reforma del 2010. Esta fue más allá. Como ha podido observarse, la reforma del 2010 tuvo visión de futuro al dar origen a un verdadero código para la consolidación de la democracia, la justicia y las garantías de los derechos ciudadanos en nuestro país.

En fin, una Constitución para la historia.

 

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