La Procuraduría General de la República fue apoderada de una querella penal con constitución en actor civil contra la jueza presidenta del Tribunal Superior de Tierras del Departamento Este, Catalina Ferrera Cuevas, y su secretaria Ángela Díaz Mejía, acusadas de prevaricación y coalición de funcionarios.
La querella fue presentada por la sociedad Budget Realty SRL, a través de los abogados Ricardo Ayanes Pérez, Ángel Quezada Galván, Yoel González y Salvador Catrain, quienes piden al procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, que solicite a la Suprema Corte de Justicia, que designe un Juez de Instrucción Especial para que conozca la medida de coerción en contra de las imputadas.
Solicitan, además, que sean condenadas al pago de 75 millones de pesos, como justa reparación de los daños y perjuicios ocasionados por su acción ilícita e ilegal, así como al pago de una indemnización supletoria de 2.5 % mensual, a partir de la interposición de la presente querella.
Los juristas afirman que la magistrada pernocta con frecuencia en una villa ubicada en el proyecto La Estancia Golf, donde el doctor Juan Alfredo Ávila Güilamo, tiene su vivienda familiar y su oficina de abogado.
En la querella hay depositada copia SIRCEA del Plano Individual donde se encuentra ubicada la villa donde pernocta la magistrada Catalina Ferrera Cuevas y su asistente, la licenciada Ángela Díaz Mejía, dentro del proyecto La Estancia Golf.
También hay foto full color de la parte trasera del vehículo marca Toyota, placa EG01788, parqueado en la parte frontal de la villa, registrado a nombre de la Suprema Corte de Justicia y asignado a la magistrada Ferrera Cuevas.
Los abogados sostienen que “por la intromisión indebida en este caso de tierras del doctor Mariano Germán Mejía, y sus hijos, los doctores Pavel Germán Bodden y Fadel Germán Bodden, quienes asistidos del doctor Juan Alfredo Ávila Güilamo, de manera deshonrosa, han llevado a la nombrada magistrada a comulgar con los intereses en justicia del Central Romana Corporation, Ltd.”.
Citan que “los funcionarios o empleados públicos, las corporaciones o depositarios de una parte de la autoridad pública que concerten o convengan entre si la ejecución de medidas y disposiciones contrarias a las leyes, o que con el mismo objeto lleven correspondencia o se envíen diputaciones, serán castigados con prisión de dos a seis meses e inhabilitación absoluta de uno a cinco años, para cargos y oficios públicos”, establece el artículo 123 del Código Penal.