SNS no ha prohibido a su personal hablar con periodistas

El Servicio Nacional de Salud (SNS), informó este miércoles que no ha prohibido a su personal ofrecer declaraciones sobre temas de salud sin una previa autorización, como ha publicado el listindiario.com

“Desde el Servicio Nacional de Salud no se ha emitido ningún tipo de comunicación que prohíba a personal de salud emitir declaraciones a la prensa. El caso que ocupa hoy se trata de una acción particular de un centro de salud”, escribió María Gómez, encargada de comunicaciones del SNS, mediante un grupo de wassap.

Sin embargo, mediante ese mismo grupo varios periodistas se han manifestado sobre la negativa de distintos funcionarios, tanto del SNS como el Ministerio de Salud, que se han negado a ser entrevistado, actitud que vinculan a la denunciada prohibición.

“Una especie de mordaza se ha establecido en el sector oficial de salud en el país, donde a técnicos, directores de programas y servicios, personal de salud y altos ejecutivos se les ha dado órdenes de no dar declaraciones a los medios de comunicación, dejando la vocería exclusivamente al ministro y al director del Servicio Nacional de Salud (SNS), dependiendo del tema a tratar”, publicó este miércoles el listindiario.com.

Detalla que la orden, en algunos casos verbal y en otros por escrito, establece que no pueden dar declaraciones a menos que no sea previamente informado y autorizado por las gerencias de comunicaciones de las instituciones o por los directores de los hospitales, en caso de informaciones propias de los centros de salud. En algunos casos la orden incluye a los propios directores de establecimientos médicos.

El último caso de prohibición se presentó esta semana en el hospital Infantil Robert Reid Cabral, donde el pasado lunes 25 de este mes, al personal se le envió una comunicación donde el asunto era la “Prohibición de divulgación de informaciones propia de la institución” a los medios de comunicación.

En la comunicación, firmada por el director del centro, doctor Ricardo Elías Melgen, y a la cual tuvo acceso el listindiario, se advierte que aquellos servidores que incurran en esa violación, les será aplicado el artículo 83 numeral siete de la Ley de Función Pública, así como también el artículo 109 numeral 8 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Función Pública.

Lo mismo, establece la comunicación,  se aplica a los profesionales que acuden al centro en calidad de docentes universitarios. El citado artículo establece que “son faltas de segundo grado cuya comisión da lugar a la suspensión de funciones por hasta 90 días, sin disfrute de sueldo, difundir, hacer circular, retirar o reproducir de los archivos de las oficinas documentos o asuntos confidenciales o de cualquier naturaleza que los servidores públicos tengan conocimiento por su investidura oficial, todo esto sin menoscabo de lo establecido en la legislación”.

De acuerdo ha trascendido, la resolución obedece al temor del director del hospital Robert Reid Cabral, doctor Melgen de que trascendiera la muerte de un infante a causa de Tosferina una enfermedad muy contagiosa.

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