close

TC no tiene competencia conocer acción contra transitorio

LA VOZ DE LOS QUE NO LA TIENEN ||
Facebook
Facebook
Youtube
Instagram

El catedrático en Derecho Constitucional y Administrativo, Omar Ramos Camacho, sostuvo este lunes que el Tribunal Constitucional debe declarar su incompetencia objetiva para conocer sobre la acción directa de inconstitucionalidad contra el artículo transitorio vigésimo que impide al presidente Danilo Medina postularse a un tercer mandato consecutivo, debido a que solo es la Asamblea Nacional Revisora que tiene la facultad para reformar la Constitución.

Ramos aseguró que las acciones directas de inconstitucionalidad solo proceden contra leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y ordenanzas, no así contra la misma Carta Magna”.

Afirmó que el Tribunal Constitucional estaría actuando como constituyente y esta potestad solo le corresponde al pueblo, el cual delegó esa función en la Asamblea Nacional Revisora.

Del mismo modo, el jurista estableció que una sentencia del Tribunal Constitucional sobre el transitorio vigésimo no sería precedente vinculante para ningún poder público ni órgano del Estado pues ellos carecen de legitimidad activa en la iniciativa de reforma constitucional por lo que no podrán elaborar una proposición que aperture el procedimiento, pues la reforma solo podrá hacerse en la forma que ella misma indica”.

Ramos Camacho, pasado aspirante a presidir el Colegio de Abogados de la República Dominicana,  expresó que la única alternativa constitucionalmente procedente para modificar el impedimento a Medina es sometiéndolo al escrutinio de la soberanía popular, mediante un referendo aprobatorio, cuestionando al pueblo si considera que se le están vulnerando sus derechos fundamentales a la igualdad y al sufragio pasivo al no poder optar por un tercer mandato consecutivo.

No Comments

Leave a reply

Post your comment
Enter your name
Your e-mail address

Story Page