Jacobo Ramos, presidente de la Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD), dijo que este martes que para las centrales sindicales el tema del aumento de un 20% al salario mínimo, aprobado la pasada semana por el Consejo Nacional de Salarios (CNS), está cerrado.
La declaración de Ramos es en respuesta a la impugnación de hicieron al aumento la Confederación Patronal de la República Dominicana (Copardom), y la Confederación Dominicana de la Pequeña y Mediana Empresa (Codopyme).
Estas entidades contradijeron la resolución 05/2017 del Comité Nacional de Salarios que eleva en 20% la tarifa del salario mínimo para el sector privado no sectorizado.
El presidente de la CNTD dijo que estaban esperando que el Ministerio de Trabajo ratificara la resolución que establece el aumento, pero que eso aún no ha sucedido.
Informó que el ministro José Ramón Fadul lo convocó a una reunión para este lunes 18, al parecer para tratar lo relacionado a la impugnación presentada por los patronos.
Jacobo Ramos hizo su planteamiento en el programa El Día, por Telesistema, canal 11, donde dijo, que en ese sentido, las centrales sindicales se reunirán este miércoles para tratar el tema, pero dejó entendió que el aumento no tiene marcha atrás y que ese tema para ellos está cerrado.
El aumento del 20% al salario mínimo fue aprobado por el CNS con el voto favorable de los trabajadores y el gobierno, y en ausencia de los patronos que se retiraron de la reunión por no estar de acuerdo.
Los patronos habían ofertado un aumento de un 9% que fue rechazado los sindicalistas que estaban pidiendo un aumento general de un 30%.
En 2015 el CNS aprobó con la ausencia de los trabajadores y con el voto favorable del gobierno y los patronos un aumento de un 14%, que luego fue acogido por las centrales sindicales.
Las organizaciones elevaron un Recurso Administrativo ante el Ministerio de Trabajo en el que establecen los argumentos legales, normativos y económicos que sirven de base para objetar la decisión del Comité Nacional de Salarios.
Pidieron que la resolución 05/2017 sea devuelta al Comité Nacional de Salarios a fin de que la misma sea rediscutida y cualquier decisión incorpore la reclasificación de empresas ordenada por la Ley 488-08 sobre el Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes).
A juicio de Copardom y Codopyme, el incremento de salarios mínimos del 20% al no estar acorde a las posibilidades de las empresas micro, pequeñas y medianas se constituiría en un elemento negativo para la generación de empleos formales y la formalización de las unidades productivas, así como un incentivo para los despidos de trabajadores.
Lamentaron que, antes de proceder con el incremento de 20% de los salarios, no se diera cumplimiento al numeral séptimo de la Resolución 1/2015, de fecha 20 de mayo de 2015, sobre Salario Mínimo Nacional para los trabajadores del Sector Privado No Sectorizado, que establece los criterios para la clasificación de las micro, pequeñas y medianas empresas.
