Si bien es cierto que la familia constituye el primer entorno protector de los niños y niñas, es además en ese mismo hábitat donde ocurre la mayor parte de los accidentes en ese segmento poblacional.
Las causas de muertes en menores por negligencia o descuido de los tutores han aumentado vertiginosamente en el país, situación que mantiene alarmada a la sociedad en general.
En las últimas semanas diversos casos lamentables han acaparado titulares de los periódicos, siendo los más recientes la muerte de tres pequeños en Baní, Bonao y Elías Piña. Las víctimas fueron identificadas como Yeison Alexander Lorenzo Valdez, de 7 años; Elpidio Polanco, de 9, y Rafy Ramírez Peña García, de 14.
Conforme al parte policial, los fallecimientos de esos infantes se debieron, uno por asfixia al ahogarse en una cisterna; mientras que otro pereció calcinado en su vivienda; en tanto que el tercero se envenenó cuando inhaló tóxicos en la fumigación de una plantación agrícola.
De acuerdo a estadísticas de la Policía Nacional, con esos hechos se elevó a la cifra de 20 las fatalidades ocurridas este mes en ese conglomerado.
Aunque el artículo 398 de la Ley 136-03 sanciona a los padres comprobados de dejar solos o sin supervisión a sus hijos menores de edad, con una pena de dos a seis meses de prisión, esto parece no importar, pues conforme a estadísticas de las autoridades competentes sobre el particular, los casos de negligencia familiar han incrementado de forma impresionante.
Opiniones
Cifras de centros hospitalarios indican que en la República Dominicana, alrededor del 40% de los percances que sufren los pequeños se presentan en el seno familiar, lo que demanda una mayor responsabilidad y compromiso por parte de progenitores y cuidadores para garantizarles espacios más seguros.
Así lo reveló el subdirector del hospital infantil Robert Rid Cabral, Clemente Terrero, quien lamentó que de manera desafortunada el hogar es el escenario en el que se presenta el mayor número de muertes de niños y niñas a causa de esos eventos prevenibles, cuyas edades oscilan entre los 0 y los 4 años de edad.
Para el galeno las lesiones por eventualidades de ese tipo son motivo de consultas de manera frecuente en los servicios de urgencias pediátricas, después de padecimientos como dengue, infección respiratoria y de los procesos diarreicos.
Terrero considera que en esos episodios, la falta de supervisión permanente, y el desconocimiento de las normas de seguridad, conllevan a que los chiquillos se lesionen en sus propias casas.
Al analizar el contexto en que se originan tales tragedias, el encargado de Formación y Capacitación de la Pastoral Juvenil, Jacinto Sención asegura que es la familia quien debe velar por la protección de niños, niñas, adolescentes y jóvenes. Considera preocupante como las dinámicas sociales de los parientes conllevan a una carencia en una de las funciones primordiales, que es precisamente la protección.
A juicio del capacitado la fragmentación hogareña, la pérdida de los vínculos afectivos, la realidad económica y las prácticas culturales han posibilitado que estos pequeños carezcan del acompañamiento requerido de los adultos.
Al abundar sobre el tema, la procuradora fiscal del Ministerio Público y encargada de la Línea Vida, Rita María Durán, aclara que si se trata de un accidente, la ley no contempla penalizar a los tutores de los niños. “A menos de que por medio de las investigaciones se evidencie que la muerte fue provocada intencionalmente’’.
Según la magistrada, la investigación requiere un proceso igual al que se maneja regularmente, pues se utilizan las declaraciones de un médico legista, de los padres, y luego se procesa de forma legal siempre y cuando existan pruebas.
El Código del Menor
Hasta ahora en la nación no se ha conocido ningún caso en que los padres hayan recibido sanciones por la muerte de un niño como consecuencia de una negligencia.
El abogado Julio Lantigua explica que el descuido de los mayores no supone un homicidio voluntario ni involuntario y por tanto no hay ninguna responsabilidad penal en el hecho. Sin embargo, el jurista sostiene que si se comprueba que el propósito fue que el niño pereciera, entonces, sí hay posibilidad de que les juzguen penalmente como consecuencia de esa acción criminal.
De acuerdo al especialista el Ministerio Público puede detener al padre si entiende que hay elementos probatorios suficientes como para poder acusarlo; en ese caso, se solicita al juez de instrucción que se le formule como medida de coerción encarcelamiento preventivo, “pero decidir la prisión es una facultad del juez”, concluye.
