La Suprema Corte de Justicia (SCJ), anuló y dejó sin efecto el fallo de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de San Pedro de Macorís, que reconocía el pago de RD$893 millones exigido a CEMEX Dominicana por el ayuntamiento del municipio de Quisqueya, de San Pedro de Macorís.
La deuda, supuestamente correspondientes al 3% de la facturación bruta de la empresa en los años 2011 a 2013.
El tribunal en su sentencia del 15 de julio de 2015 determinó que CEMEX Dominicana paga todos los impuestos correspondientes como empresa industrial, razón por la cual no puede tributar dos veces por la misma actividad, como pretendía el Ayuntamiento, dice una nota enviada a END.
La SCJ explica que como la cementera ya paga impuesto sobre la renta por sus beneficios totales, no le corresponde pagar una tasa municipal que tenga la misma base imponible, pues esto crearía una doble tributación prohibida por la Constitución.
El dictamen de la SCJ establece que el cabildo se basó en una interpretación errónea del artículo 284 de la Ley 176-06 que rige a los ayuntamientos, exigiendo el pago del 3% de los beneficios brutos de la empresa por alegado uso de bienes municipales, en el entendido de que dicho artículo únicamente aplica a “empresas explotadoras de servicios de suministro” y en ese caso, CEMEX Dominicana es una empresa de naturaleza industrial.
La alta corte expuso también que los recursos naturales extraídos por la empresa en las operaciones de su planta de cemento son patrimonio del Estado y no bienes municipales, por lo que resulta ilegal que por esas extracciones pretenda cobrarse un arbitrio municipal por el alegado aprovechamiento o uso del dominio público municipal.
Sobre CEMEX Dominicana
CEMEX Dominicana ofrece soluciones innovadoras para la construcción, a través de su portafolio de productos de cemento, concreto y agregados, siendo el líder de los mercados de cemento y concreto.
