Somete proyecto crea distritos judiciales SDE, SDN y SDO‏

La presidenta del Senado, Cristina Lizardo, sometió este lunes a la Cámara Alta un proyecto de ley que crea los distritos judiciales de Santo Domingo Este, Norte y Oeste, con el propósito de ampliar y ventilar  los conflictos  para preservar  el derecho de la sana convivencia.
 
Lizardo considera que en la provincia de Santo Domingo se  ha incrementado  los conflictos de carácter social y económico debido a su crecimiento desproporcional.
 
También entiende que el desarrollo de la provincia  exige mayores servicios, tanto de la sociedad civil como  del Estado , por lo que se hacen necesaria  las instalaciones  de nuevas instancias judiciales  que permitan ventilar  los conflictos  para preservar  el derecho de la sana convivencia.
 
Además, la presidente del Senado entiende que es   necesario la división en tres Distritos Judiciales de la Provincia de Santo Domingo, para crear  nuevas instancias judiciales  que permitan  el conocimiento  de las violaciones  a las disposiciones  legales que se produzcan y las decisiones en forma ágil.
 
El proyecto modifica el literal b) del  artículo 3  de La Ley  No. 141-02 que Crea la Corte de Apelación de Santo Domingo y varios Tribunales en las Provincias Santiago y Santo Domingo;  del 04 de septiembre del 2002,  que modificó  el Articulo 1 de la Ley 50-00, del 26 de julio del 2000, que a su vez modifico 1os literales a) y b) del párrafo 1, del artículo 1 de la Ley No.248, del 17 de enero de 1981, que a su vez modificó, la Ley de Organización Judicial No.821, del 21 de noviembre de 1927,
 
b)  En el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo  Domingo Este, habrá una cámara civil y Comercial, de trabajo, una cámara penal y un juzgado de instrucción, compuestas por hasta dieciséis (16) jueces cada una, quienes serán apoderados en la forma establecida en esta ley, y conocerán, de manera unipersonal, de los expedientes que sean sometidos a su conocimiento y decisión.
 
Este Distrito Judicial queda integrado por el municipio Santo Domingo Este, el distrito municipal San Luis y sus secciones y parajes; el municipio Boca Chica y el distrito municipal La Caleta, con sus secciones y parajes; el municipio San Antonio de Guerra y el distrito municipal Hato Viejo con sus secciones y parajes.
 
b.1)   En el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo Norte, habrá una cámara civil y Comercial, de trabajo, una cámara penal y un juzgado de instrucción, compuestas por hasta dieciséis (16) jueces cada una, quienes serán apoderados en la forma establecida en esta ley, y conocerán, de manera unipersonal, de los expedientes que sean sometidos a su conocimiento y decisión. Este Distrito Judicial queda integrado por el municipio Santo Domingo Norte y el distrito municipal La Victoria, con sus secciones y parajes.
 
b.2)   En el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo Oeste, habrá una cámara civil y Comercial, de trabajo, una cámara penal y un juzgado de instrucción, compuestas por hasta dieciséis (16) jueces cada una, quienes serán apoderados en la forma establecida en esta ley, y conocerán, de manera unipersonal, de los expedientes que sean sometidos a su conocimiento y decisión.
 
Este Distrito Judicial queda  integrado por el municipio Santo Domingo Oeste; por el municipio Los Alcarrizos y los distritos municipales Palmarejo-Villa Linda y Pantoja con sus secciones y parajes;  y por el municipio Pedro Brand  con sus distritos municipales La Guáyiga y La Cuaba con sus secciones y parajes.
 
En su articulo 4, se identifican  los s fondos para la ejecución de esta ley provendrán de los recursos económicos asignados a la  Suprema Corte de Justicia  en el Presupuesto General del Estado.
 
Mientras que el artículo 5, señala que para la ejecución de la ley. El Consejo del Poder Judicial, la Suprema Corte  de Justicia y el Ministerio Público quedan encargados de tomar  las medidas correspondientes  en lo relativo a la instalación  y funcionamiento de los distritos.

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