Pide dejar sobre la msea aprobación Ley Ordenamiento Territorial

La legisladora Guadalupe Valdez solicitó al pleno de la Cámara de Diputados dejar sobre la mesa la aprobación en segunda lectura de la Ley de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo, debido a que diferentes instituciones depositaron propuestas que no han sido estudiadas por la Comisión de Municipios y Distritos Municipales de ese hemiciclo.
 
Valdez dijo que sería violar los procedimientos internos y los derechos de las organizaciones no ponderar sus propuestas de modificación a dicha iniciativa.
 
En su considerando séptimo la iniciativa de ley indica que la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, establece entre las reformas asociadas al Cuarto Eje Estratégico que diseñará, aprobará y aplicará un plan de ordenamiento territorial que permita gestionar las políticas públicas en el territorio, regular el uso de suelo, incentivar el aprovechamiento sostenible de los recursos y facilitar la gestión integral de riesgos a nivel nacional y local.
 
En tanto que el considerando décimo precisa que los ministerios de Economía, Planificación y Desarrollo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales y demás organismos competentes del Estado han impulsado iniciativas conjuntas de estudios, procesos y propuestas de lincamientos preliminares para el plan nacional de ordenamiento territorial.
 
En su artículo 95 la Ley señala que habrá indemnización cuando existan daños de cualquier tipo, patrimonial, físico o moral, por daño emergente o lucro cesante, y siempre que sean reales y efectivos, La prueba del daño corresponderá al reclamante.
 
Párrafo I.- La indemnización podrá sustituirse por una compensación en especie o por pagos periódicos cuando resulte más adecuada para lograr la reparación debida de acuerdo con el interés público siempre que exista conformidad del lesionado o de los lesionados o lo disponga la autoridad administrativa o el juez del proceso según corresponda.
 
Párrafo II.- Las indemnizaciones que dispongan otras leyes relacionadas, serán igualmente aplicables, debiendo concurrir todas las indemnizaciones que dispongan las leyes por los incumplimientos probados.

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