El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), someterá ante el Tribunal Constitucional un recurso contra tres artículos de la Ley 483, sobre ventas de bienes muebles, los cuales considera son lesivos a los derechos fundamentales de las personas.
En la fundamentación del expediente la entidad está solicitando la anulación de los artículos 11, 13 y 17 de la referida Ley, porque mediante éstos se viola el derecho de defensa, el debido proceso, la tutela judicial efectiva, la igualdad ante la ley, los plazos establecidos y los derechos del consumidor que tienen rango constitucional.
Altagracia Paulino, directora de Pro Consumidor, explicó en rueda de prensa que la iniciativa de solicitar la nulidad de estos artículos se hizo a partir de más de 180 reclamaciones de consumidores que han acudido a la institución, quienes tienen contratos con entidades financieras bajo las regulaciones de la Ley 483.
Sostuvo que en lo que concierne al artículo 11, referido al domicilio para solicitar el auto de incautación, además, legitima el hecho de que vencidos los plazos queda resuelta la venta, otorga la ventaja al vendedor de solicitar el auto de incautación en el juzgado de paz de su propio domicilio, condición que es violatorio de los derechos de defensa, de la tutela judicial efectiva y de la igualdad ante la ley de la parte demandada o consumidora.
Igualmente, el artículo 13 no consagra la obligación de devolverle el dinero pagado al consumidor en caso de que se le incaute un inmueble; siendo esto de carácter voluntario para el prestamista, lo cual es ilegal e inconstitucional.
En lo relativo al artículo 17, en su parte “in fine” indica que “tampoco es aplicable ninguna otra disposición que menoscabe el derecho del vendedor o sus causahabientes sobre los muebles vendidos de acuerdo a esta ley”, lo cual impide que las normas protectoras a los consumidores contenida en la Ley 358-05, puedan serles aplicadas a los contratos regidos por la Ley 483.
Dijo que Pro-Consumidor ha detectado situaciones injustas en las que se evidencian violaciones constitucionales, abuso de derecho y malas prácticas comerciales, especialmente en el financiamiento de vehículo de motor.
