Las casas de empeño se han convertido en una especie de prestadoras “exprés” por los bajos intereses y la facilidad de crédito que ofrecen, superando a las entidades bancarias y asociaciones de préstamos, por lo que son una alternativa para los pobres que necesitan un financiamiento.
Las compraventas reciben todo tipo de artículos de valor como garantía. Es común ver en estos establecimientos: televisores, radios, lavadoras, planchas, abanicos, entre otros efectos del hogar; también se comercializa con joyas y zapatos de marcas.
Natanael Reyes, encargado de “Compraventa Yeye”, ubicada en El Abanico de Herrera, Santo Domingo, Oeste, dijo que estos negocios son una especie de prestadoras “al vapor” y añadió: “Nosotros les prestamos a la gente y sólo pedimos de garantía un artículo que se iguale al monto que otorgamos, cobrando un 5% de interés”.
Reyes manifestó que otorgan un plazo de 4 meses o 160 días, para retirar la mercancía y de no hacerlo en el tiempo correspondiente, ésta pasa a ser propiedad del establecimiento, convirtiéndolo en algo productivo ya que son ofertadas a clientes que van en plan de compra.
Según explica Juan Carlos Moya, administrador de la Compraventa Melvin, ubicada en la Amado García Guerrero, Villa Consuelo, Distrito Nacional, para hacer la negociación las personas deben llevar su cédula de identidad y el recibo de compra del objeto.
Moya indicó: “sacamos de apuro a los que estén pasando por una necesidad de dinero, traen algo de valor y enseguida lo consiguen”.
El principal factor para estas transacciones es la necesidad, por lo que son establecidos en barrios y sectores de bajos recursos económicos, con el fin de acaparar esa clase desposeída. Los días más rentables son los cercanos a las quincenas, cuando escasea el efectivo.
Monte de piedad
El Estado dominicano también cuenta con una casa de empeño, creada por la ley 56, del año 1938, cuyo principal objetivo es dar préstamos que contribuyan a mejorar las condiciones económicas y sociales de la comunidad. Para ello deben tener siempre una garantía prendaria o inmueble que quede en poder de la institución.
Muchas de estas compraventas han desaparecido o simplemente no tienen el auge de los tiempos en que fue creada. Las normativas establecen que cobraran un 2% mensual por los préstamos concedidos: un porcentaje menor que las privadas.
Altagracia Tejada, administradora de Monte de Piedad, ubicada en la Padre Castellanos, Ensanche Espaillat, Distrito Nacional, declaró que el lapso de tiempo que brindan para que las personas retiren su pertenencia o renueven el contrato es de seis meses, los cuales una vez vencidos pasan a pública subasta y lo recaudado es adjudicado a beneficio de la institución.
Los denominados bancos de los pobres son amparadas por la ley No. 387, del 23 noviembre del 1932 y establece que “se consideran casas de compra-venta o de empeño, todas aquellas que compren,
vendan, permuten, empeñen o de cualquier modo trafiquen con objetos usados, nuevos o viejos.
“Los dueños, encargados, administradores, socios gestores o liquidadores de una casa de compraventa o de empeño, están obligados a tener un libro en el cual asentarán día por día, sin retardo alguno, todas las operaciones. Al anotarse la operación, se hará constar el nombre, apellido, edad, estado, profesión y domicilio de la persona con quien se efectúe (…..)”.
Aunque algunos tildan estos negocios como oportunistas, porque la mayoría de los objetos que se hipotecan terminan perdiéndose y pasando a manos de los dueños de las compraventas, otros lo ven como una salvación rápida y fácil para los imprevistos que se les puedan presentar, sobre todo porque esas personas no cuentan con ahorros, ni sustento económico suficiente.
