Los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional acogieron este miércoles como pruebas documentales en el juicio que le sigue por lavado de activos a Sobeida Félix Morel y otros siete implicados, dos sentencias condenatoria al capo boricua José David Figueroa Agosto, condenado en su país a 209 años de prisión.
Las pruebas fueron ofertadas por el Ministerio Público, luego que el tribunal integrado por Gissell Méndez, presidenta, Yuli Tamarí y Tanía Yunez, rechazaran, a petición de la defensa de la imputada Mary Peláez, la comparecencia de la testigo Santa Martínez, una perito del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), porque no había sido ofertada en el orden de la pruebas.
Con esta testigo, el Ministerio Pública persigue demostrar al tribunal que en una casa propiedad de Figueroa Agosto, en Arroyo Hondo, y que figura a nombre de Mary, se encontró traza de droga.
Ante esta decisión, la fiscal adjunta Wendy Lora inició la presentación de las pruebas documentales, ente ellas las sentencias condenatoria de Figueroa Agosto en Puerto Rico, la cual pidió fuera estipulada, argumento al cual la defensa de los imputados se opuso.
La defensa de los imputados pidió al tribunal rechazar la estipulación de los documentos y solicitaron la lectura íntegra de la sentencia del 13 de septiembre del 1995 del Tribunal Superior de Justicia de Puerto Rico, que condena a Figueroa Agosto a 209 años de prisión.
La petición de la defensa fue rechazada por las juzgadoras, que acogieron el planteamiento del Ministerio Público, que perseguía el documento sólo fuera presentado como tal. A seguida la abogada Ingrid Hidalgo, defensa de Adolfina Peláez, rebatió la decisión y presentó un recurso de oposición.
La jurista dijo que el Ministerio Público pretendía probar el crimen previo con la presentación de las dos sentencias condenatoria a Figueroa Agosto. Le advirtió al tribunal que si lo permitía se estaría cometiendo una violación al principio de oralidad que es lo que prima en esa fase del juicio.
Explicó que en todo caso el Ministerio Público debía establecer la pretensión probatoria con la presentación de esas pruebas, algo que no habían determinado. Al final de los debates, el tribunal confirmó su decisión de aceptar las pruebas tal y como la presentó el Ministerio Público y rechazó las pretensiones de la defensa que pidió fueran leídas.
