El Ministerio de Trabajo evaluó la importancia de que la solución de conflictos laborales vuelva a una fase administrativa, partiendo del hecho de que menos del 4% de los casos se concilian.
Actualmente este proceso se lleva a cabo en los tribunales, pero el interés es que se verifique en el propio Ministerio de Trabajo.
En la actividad presidida por el ministro de Trabajo, Max Puig, se trató el tema de la solución de los conflictos económicos que se hacen a través de la Dirección de Mediación y Arbitraje y todo lo relativo a la negociación colectiva, ventajas para trabajadores y empleadores y proceso de negociación, al tiempo que se presentó el procedimiento para solicitar la intervención del Ministerio de Trabajo en la solución de los conflictos colectivos.
Estos procesos se agotaron en el taller sobre mediación y conciliación de conflictos laborales, en el que se capacitó, además, en Derecho Colectivo del Trabajo, previsto en la Constitución de la República Dominicana, en los Artículos 47, 48 y 62, Párrafos 3ro., 4to. Y el 6to., dirigido a los representantes de las diferentes centrales sindicales, empleadores y técnicos del propio Ministerio.
El taller, que contó con una alta participación de los actores del proceso, tales como trabajadores, empleadores y autoridades, busca incentivar el cumplimiento de las normas laborales en beneficio de la productividad y la competitividad del sector productivo nacional de la República Dominicana, al tiempo que favorece que los sectores que forman parte de la relación de trabajo y producción conozcan sobre las ventajas que produce dirimir de forma administrativa y sin tener que judicializar conflictos de trabajo.
Estos Convenios establecen la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación y el derecho a sindicación y negociación colectiva, y ambos forman parte de los diez convenios fundamentales de la OIT ratificados por República Dominicana.
A través de este taller formativo se conocieron las relaciones sindicales, cuántas clases de sindicatos existen y cuáles son los fines, así como el papel de los sindicatos en las actividades de trabajo, en los conflictos laborales y sus medios de solución.