Cuántas desgracias os esperan a los desposeídos de la fortuna, cuánta expresión de humillación y barbarie os espera a las mayorías irredentas, cuantos abusos de los que sólo ven ganancias e impunidad frente al caos o ausencia de autoridad.
Los que tenemos mas de 50 años y hasta los de 40 en adelante recordamos como se manejaba aquel desayuno escolar, que bajo el manto de la famosa Alianza para el Progreso se distribuía en las escuelas públicas del país. Aquellos tiempos aunque eran post dictadura y de post guerra, tenían mayores consideraciones que los actuales, en cuanto al trato dado a los pobres. A nadie se le ocurriría que en las escuelas se distribuiría un alimento para causar daños, esto no obstante la situación de férrea lucha política e ideológica que se desarrollaba en el país.
Cómo es posible que la fuerza del mercado o de la famosa libre competencia ponga en peligro la vida de niños y adolescentes, solo porque no existen autoridades con la vocación y la entereza necesaria para actuar contra los criminales que han ocasionado varias tentativas de homicidios mediante los alimentos suministrados, en Bonao, Cotuí, Azua y muchas otras comunidades.
Las intoxicaciones producidas en Azua y otros pueblos no pueden seguir siendo noticias para llenar el morbo del ciudadano común, esas situaciones terroríficas precisan de una persecución judicial, el ministerio público tiene que dejar de actuar sólo para la prensa mediante declaraciones que en definitiva no pasan de ser simples bla, bla, bla. El país requiere de acciones contundentes, no importa a que compañero o allegado se afecte, pues estos individuos o personas morales que actúan contra niños constituyen unos perversos, que aun el propio Jesucristo, al preguntársele que hacer con esos árboles podridos, respondería que, deben ser cortados y echados al fuego.
La lucha contra la miseria resulta una tarea de ejecución permanente por parte de los buenos dominicanos, pues valiéndose de esa situación de precariedades, algunos mercaderes aprovechan para cometer tropelías como la acontecida con el desayuno escolar, el cual no solo es objeto de mezcla de elementos tóxicos o químicas dañinos; sino que en otras ocasiones se informaba sobre la existencia de componentes no propio para la alimentación humana y peor aun para niños en formación. Se decía además, que la sociedad era objeto de engaños o fraudes al vendérsele productos para el desayuno escolar sin los componentes requeridos para tales fines.
Es fácil comprobar como la miseria creada en la sociedad dominicana, es al mismo tiempo un elemento que genera grandes beneficios a comerciantes, políticos y a otros sectores, mismos que en nombre de acabar con el mal que ellos procrean, recurren a la utilización no sólo de Dumpin y otros métodos tramposos, sino que también actúan perjudicando a los que ellos han convertido en victimas de sus desaciertos y latrocinio general.
Con las intoxicaciones ocurridas en Azua y en otros pueblos estamos en presencia de acciones criminales, castigadas, tanto en las normativas establecidas en el Código Penal, así como en la ley No. 42-01 o Ley General de Salud.
En el artículo 156 de la ley 42-01 se dispones que: “Se consideraran crímenes y serán sancionados con penas de dos (2) a diez (10) años de reclusión o multas que oscilen entre veinticinco o cincuenta veces el salario mínimo establecido por la autoridad legalmente competente para ello o por la ley, las siguientes infracciones: “…Alterar, adulterar o contaminar productos destinados al consumo humano cuando ello ponga en peligro la salud, la integridad física o la vida”.
Como puede observar el lector, los individuos que provocaron las intoxicaciones de niños y adolescentes han incurrido en violación a las normas establecidas en la legislación sanitaria dominicana, pero además, la acción denunciada no es el producto de una sola persona, ya sea física o moral, sino que ha sido ejecutada con características de concierto o asociación, los culpables de ese ilícito han actuado como Asociación de Malhechores y en consecuencia son violadores del articulo 265 del Código Penal, norma esta que tipifica la figura jurídica conocida como Asociación de Malhechores. Dicho articulo estable textualmente que, “Toda asociación formada cualquiera que sea su duración o el numero de sus miembros, todo concierto establecido con el objeto de preparar o de cometer crímenes contra las personas o contra las propiedades constituye un crimen contra la paz pública”.
Los criminales que provocaron las intoxicaciones deben ser sancionados de manera ejemplar, conforme a lo que dispone el artículo 266 del Código Penal, el cual establece prisión mayor y no es para menos, si se toman en cuenta los altos niveles de maldad y perversidad que encierran los hechos cometidos contra miles de personas, que su único delito consiste en ser parte del ejército de indigentes que la desigualdad social ha estado prohijando en nuestra sufrida patria y que solo la acción consciente y constante de los buenos dominicanos podrá detener y vencer para bien de todos los que habitamos esta tierra tan linda y merecedora de algo mejor.