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Aduanas proteger derechos de marcas de fábrica

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Aduanas modificó este jueves la disposición con la que creó el Registro de Titulares de Derechos de Propiedad Intelectual, con el propósito de precisar su alcance y hacer más efectiva la protección de los derechos de marcas de fábrica y de autor.

En ese sentido, en la Resolución 02-2010, hecha de público conocimiento ayer, dispone en su artículo 1 la creación del “Registro de los Titulares de Derechos de Propiedad Intelectual (Registro de Titulares), destinado a apoyar las labores de inspección y/o retención de mercancías en trámite aduanero (importación, exportación o tránsito) afectadas por una presunción de violación a derechos de propiedad intelectual”.

Al respecto precisa que para los fines de aplicación de la disposición en referencia derecho de propiedad intelectual se refiere exclusivamente a derechos de marcas de fábrica y derechos de autor, definidos de conformidad con las disposiciones de la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial y Ley 65-00 sobre Derechos de Autor, respectivamente.

En la Resolución 02-2010 Aduanas precisa que la inscripción ante el Registro de Titulares no crea, transfiere o extingue derechos con respecto a la titularidad de los derechos de propiedad intelectual debidamente concebidos por las leyes que rigen la materia.

“En el Registro de Titulares se inscribirá todo titular de derechos de marcas de fábrica y derechos de autor protegidos por las leyes nacionales, tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República Dominicana; así como los que entren en vigencia en el futuro, con el fin de salvaguardar y proteger a los titulares de derechos de propiedad intelectual que puedan estar siendo lesionados por el comercio de mercancías infractoras”, expresa el artículo 2 de la referida resolución.

La disposición se toma de conformidad con los artículos 174 de la Ley 20-00 sobre Propiedad Intelectual y 185 de la Ley 65-00 sobre Derechos de Autor, modificadas ambas por la Ley 424-06 de Implementación del RD-CAFTA, que facultan a la Dirección General de Aduanas a aplicar medidas en frontera para casos en que existan indicios de infracciones de derechos de marcas y de autor.

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