La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo declaró inadmisible el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por Ramón Báez Figueroa contra el Banco Central, la Superintendencia de Bancos, The Bank of Nova Scotia y José E. Lois Malkún.
También el recurso fue sometido contra Peter C. Godsoe, Peter Cardinal, Timothy Hayward (funcionarios del Scotia Bank) y Keryma Marra M., Cesar Gómez Díaz y Luís María Catano (ex liquidadores del Banco Intercontinental S.A.).
La decisión del Tribunal Administrativo compuesto por los Magistrados Yadira de Moya, Frinette Padilla, Julián A. Henríquez y Greise Rijo Gómez, se sustenta en el hecho de que en función del artículo 63, inciso b) de la Ley Monetaria y Financiera, Ramón Báez Figueroa tenía un impedimento legal para actuar en justicia, por lo que carecía de calidad para interponer la referida acción.
El referido texto legal regula la disolución de los bancos, y establece entre los efectos de este proceso: la revocación de la autorización de funcionamiento de la entidad, el cese de los derechos de los accionistas y la cesación automática en sus funciones de los directores y órganos de control de la entidad.
Los abogados de Malkún, Jorge Luís Polanco, Keryma Marra y Cristian Martínez, indicaron que este Tribunal resultó apoderado luego de que en el mes de septiembre del año 2008, la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, acogiera las conclusiones presentadas y se declarara incompetente en razón de la materia para conocer la demanda en nulidad de contratos y reparación de daños y perjuicios interpuesta por Baez Figueroa contra las instituciones y personas indicadas previamente, y declinara el expediente por ante el entonces Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo.
En su demanda, el hoy condenado ex banquero Báez Figueroa pretendía que declararan nulos todos los contratos firmados entre las autoridades monetarias y The Bank of Nova Scotia en el 2003 referentes a la venta y administración de activos de BANINTER, y en adición que se condenara al Scotiabank, Malkún y los ex – miembros de la Comisión de Liquidación, al pago de una indemnización de 30 millones de pesos a su favor por alegados los daños y perjuicios y que serían ingresados a los fondos de la liquidación del BANINTER para compensar las sumas adeudadas al Estado por Báez Figueroa.
Ramón Báez Figueroa fue sometido a la acción de la justicia en el año 2003 por las Autoridades Monetarias y Financieras presididas en ese entonces por Lois Malkún, resultando condenado mediante sentencia definitiva e irrevocable por los cargos de lavado de activos, abuso de confianza y violaciones a la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02.