Juez demanda ADOCCO por difamación e injuria

El juez del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Ramón Berroa Hiciano, presentó este lunes una demanda por difamación e injuria contra uno de los directivos de Asociación Dominicana Contra la Corrupción (ADOCCO), el Rigoberto Rosario.

La demanda es conocida por la Cuarta Cámara Penal del Distrito Nacional y se introdujo a raíz de una declaraciones emitidas por Rosario en momentos que el juez declara un auto de no ha lugar, en la demanda incoada por ADOCCO contra los ex funcionarios del Banco Central, por la pérdida de unos pagarés valorados en RD$10,663 millones.

En esos momentos, el abogado y miembro de la institución civil denunció que, "una decisión con esas características, la tomaba por el juez, por ignorancia o prevaricación, lo que nos hace creer el rumor que inundó el Palacio de justicia de Ciudad Nueva, que tras esa decisión había circulando dinero"•

La parte demandada advirtió que el único propósito de la instancia es callar a las organizaciones de la sociedad civil que, como ADOCO, aborda el tema de la corrupción administrativa, así como a los periodistas que cuestionan las decisiones de los jueces que favorecen a acusados de diversos crímenes.

Rosario dijo que el comportamiento exhibido por el magistrado Hiciano Berroa, cuando fue apoderado del caso, provocó que los abogados de ADOCO procedieran a recusarlos por sospechas legítima, por la posición asumida de abandono total, de su rol de tercero imparcial, agregándose como "un abogado más de la barra de la defensa".

Igualmente, informó que el pasado dos de febrero de 2007, el juez evacuó un auto de no ha lugar a favor de un compañero de gestión de los imputados. Decisión que, según el jurista, fue duramente criticada por la institución, abandonando el tribunal ante la espera de la inhibición que no se produjo.

El jurista también denunció que el tribunal que resultó apoderado para conocer la demanda en su contra, es presidido por el guía y mentor del juez querellante, lo que demuestra que no existe tal mecanismo de apoderamiento aleatorio.

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