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Asambleístas aprueban la no reelección presidencial

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La Asamblea Nacional Revisora aprobó este martes en segunda lectura la no reelección presidencial, así como la iniciativa legislativa popular, en una jornada donde fueron sancionados además otros 30 artículos.

De acuerdo a lo que establece el artículo 124, de la elección presidencial, establece que el Poder Ejecutivo se ejerce por el o la Presidente de la República, quien será elegido cuatro años por voto directo y no podrá ser electo para el período constitucional siguiente.

Este artículo fue aprobado con el voto favorable de 127 asambleístas y 29 en contra

Acerca de la iniciativa legislativa popular, establecida el artículo 97, se señala que la iniciativa legislativa popular mediante la cual un número de ciudadanos y ciudadanos no menor del dos por ciento de los inscritos en el registro de electores, podrán presentar proyectos de ley ante el Congreso Nacional. Una ley especial establecerá el procedimiento y las restricciones para el ejercicio de esta iniciativa.

Igualmente, sancionaron el artículo 278 sobre el referendo aprobatorio, el que establece que cuando la reforma verse sobre derechos, garantías fundamentales y deberes, el ordenamiento territorial y municipal, el régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería, el régimen de la moneda, y sobre los procedimientos de reforma instituidos en esta Constitución, una vez votada y aprobada por la Asamblea Nacional Revisora, requerirá de la ratificación de la mayoría de los ciudadanos y ciudadanos con derecho electoral, en referendo aprobatorio convocado al efecto por la Junta Central Electoral.

La sesión empezó a las 4:04 de la tarde con la asistencia inicial de 116 asambleístas, 20 senadores y 96 diputados, matrícula que fue en aumento hasta llegar a 156: 25 senadores y 131 diputados.

Los asambleístas aprobaron el informe que presentó la comisión especial del artículo 276, sobre la convocatoria de la Asamblea Revisora y establece que la reforma constitucional se declarará por una ley de convocatoria.

También, sancionaron el artículo 277, sobre el quórum de la Asamblea Nacional Revisora, el artículo 112 sobre las leyes orgánicas, el artículo 113 sobre las leyes ordinarias, artículo 100 sobre los efectos de las convocatorias extraordinarias, el artículo 122 sobre el Poder Ejecutivo, el 123 sobre los requisitos para ser Presidente de la República y el 125 sobre el vicepresidente de la República.

Otros artículos

Los asambleístas también aprobaron los artículos 131 sobre la autorización para viajar al extranjero del Presidente de la República, el 132 sobre la renuncia del Presidente, el 133 sobre la inmunidad a la privación de libertad del Presidente.

Igualmente, el artículo 134 sobre los ministros de Estado, el 135 sobre los requisitos para ser ministro o viceministro, el artículo 136 sobre las atribuciones de los ministros y el artículo 127, del juramento del Presidente de la República.

Asimismo, el artículo 128 sobre las atribuciones del Presidente de la República, el 137 sobre el consejo de ministros, el 218 sobre el gobierno local y el artículo 219 sobre los representantes locales.

También, los asambleístas sancionaron el artículo 221 sobre la ejecución presupuestaria municipal, el artículo 126 sobre la juramentación del Presidente y Vicepresidente de la República y el 129 sobre la sucesión presidencial.

La sesión concluyó a las 8:10 de la noche y fue convocada para este jueves a las 3:00 de la tarde.

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