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Involucra Cemex e Itabo en tráfico combustibles

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La Dirección General de Aduanas informó este lunes que las empresas Cemex Dominicana y la generadora de Electricidad Itabo están involucradas en graves prácticas relacionadas con importaciones y destinaciones de combustibles que afectan al fisco.

“En un claro intento de contrabando, ésta última empresa –Generadora Itabo– pretendió transferir a la primera –Cemex Dominicana–, la cantidad de 644.78 toneladas métricas del carburante comúnmente llamado PetCoke”, precisa la DGA en un documento de prensa.

Igualmente, la Aduanas ha anunciado que frente al rosario de irregularidades detectadas con operaciones de importaciones ha dispuesto la fiscalización inmediata de ambas empresas en los últimos dos años, como establece la ley aduanal.

Agrega que la irregular práctica de la Generadora Itabo de transferir combustibles, amparada en los beneficios de exoneración que le concede el Estado dominicano, son una clara violación a la ley 3489, de fecha 14 de febrero de 1953, y sus modificaciones para el régimen de las aduanas.

También viola la Ley 4027, del 14 de enero de 1955, sobre Exoneraciones de Impuestos, y la Ley 112-00 sobre hidrocarburos, combustibles fósiles y derivados del petróleo. “Amparada en estas leyes es que la empresa Generadora Itabo está sujeta a los beneficios de exoneración total; no así Cemex Dominicana”, puntualiza.

Aduanas informó que el primero de este mes, oficiales de la institución se apersonaron a la línea de pesaje y de descarga de Cemex Dominicana a fin de investigar la situación de 17 camiones. Ante ese hecho –explica– tanto Cemex Dominicana como la empresa ITABO alegaron que fueron despachados por “error” de los respectivos equipos de operaciones y decidieron retornarlos ITABO.

Por la referida importación, Aduanas ha notificado y reclamado tanto a Cemex Dominicana como a la empresa eléctrica Itabo, el pago de impuestos y multas que alcanzan la suma de RD$1,142,649.78.

Aduanas aclara que “el caso en cuestión no está referido a la importación pagada por Cemex Dominicana de este mismo producto, según Declaración No. 419, de fecha 17 de junio, 2009, Planilla 244, Detalle 1, referido en el comunicado público de dicha empresa”.

“En aras de que la opinión pública se forme un mejor juicio sobre la actuación de la Aduanas en el caso en cuestión, conviene dejar establecido que la Empresa Generadora de Electricidad ITABO, S.A. ha cometido de manera reiterada este tipo de anomalías, siendo así como en el mes de agosto del año 2008, fue sometida a un proceso similar al presente por haber transferido a reconocidas empresas (La Fabril, S. A.; Alfarería Dominicana, S. A. Victorina Agroindustrial; y Docalsa) cantidades considerables de combustibles que importó y que retiró al amparo de las exoneraciones de que goza. Por ello debió asumir un pago superior a los 6.8 millones de pesos, no obstante las consideraciones que le fueron otorgadas en ese momento”, refiere Aduanas.

El “PetCoke” es un producto clasificado en la subpartida arancelaria número 2713.11.00, del anexo 1 de la Ley No.146-00, Arancel de Aduanas de la República Dominicana, fundamentado en la cuarta Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, dice Aduanas, y a seguidas explica que ese producto está sujeto al pago de un 3% de arancel, al 16% de ITBIS, y otro 16% correspondiente al Impuesto Selectivo al Consumo, según la Ley 557-05 y sus modificaciones, pagadero en la Dirección General de Impuestos Internos.

Aduanas recuerda que por las faltas en que incurrió esa empresa en aquella ocasión, debió asumir un pago superior a los 6.8 millones de pesos, no obstante las consideraciones que le fueron otorgadas en ese momento.

La institución manifestó además que ha confirmado que Cemex Dominicana intentó evadir el pago de impuestos al realizar una importación de 40,724 TM supuestamente de carbón mineral (hulla Bituminosa) en un embarque realizado el 23 de febrero del año en curso y según la declaración presentada por esa empresa, la importación total era carbón mineral, lo que resultó falso.

Aduanas constató posteriormente que se trataba de dos productos diferentes, a saber, 16,243.00 TM de carbón mineral, el cual está libre de impuestos, y 24,481.00 TM de PetCoke, sujeto al pago de los tributos más arriba señalados. Por este caso, la DGA está reclamando el pago por un monto de RD$55,896,166.10, conforme las determinaciones realizadas en base a las leyes vigentes.

Agrega que un tercer caso que envuelve a la empresa Cemex Dominicana tiene que ver con la subvaluación de los fletes de los embarques para reducir la base imponible y, en consecuencia, disminuir el monto de los impuestos totales que debe pagar. Así, incluyendo impuestos y multas, se ha podido determinar un monto superior a los 36.0 millones de pesos hasta el momento.

“Adelantamos desde ya –anuncia Aduanas– que los resultados que se obtengan, cualesquiera que sean, los pondremos igualmente a disposición de la opinión pública, al tanto que encaminaremos las acciones e informaciones que así correspondan por vía de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), especialmente en lo que concierne al cobro del 16% del Impuesto Selectivo al Consumo, que corresponde a dicha entidad”.

Exhortó a que cualquier diferencia entre agentes del sector importador y Aduanas se dirima ante las instancias correspondientes, reiterando que “el propósito fundamental que anima a la presente gestión no es otro que el de preservar el interés del Estado, la transparencia y la equidad en el servicio, única forma de garantizar la sana y leal competencia entre el empresariado dominicano”.

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