El actual presidente del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Ramón Alburquerque, pidió este sábado a la Comisión Nacional Organizadora de la XXVII Convención reconsiderar las resoluciones 87, 88, 89, 90 y 91, al por considerarlas violatorias a los estatutos de la organización y a la Constitución de la República, en lo referente al libre ejercicio de los derechos ciudadanos.
En carta entregada al presidente de la comisión organizadora de la Convención, Tirso Mejía-Ricart y al Ingeniero Rafael Urbáez, secretario ejecutivo de la misma, Alburquerque expresa que en caso de que esa Comisión insista en mantener las resoluciones ilegales aprobadas en su sesión del 28 de mayo del 2009, anuncia la decisión irrevocable de no inscribirme como candidato a la presidencia del PRD para no validar las mismas con mi participación.
Advierte a los comisionados, que los miles de perredeístas afectados por sus decisiones contrarias a nuestros Estatutos, tendrán siempre en él un ardiente defensor para hacer valer sus derechos de militantes sacrificados. Ya que la fuerza de sus convicciones se apoya en los ingentes sacrificios del PRD en favor del pueblo dominicano.
Afirmó que Continuará laborando por el saneamiento partidario a fin de que alcancemos el poder para cumplir a cabalidad los compromisos contraídos con al pueblo, practicando los principios del socialismo democrático y aplicando el contenido profundamente humano del programa de Gobierno Compartido de nuestro líder.
Dijo que estas exigencias estatutarias, solo persiguen el propósito de honrar las glorias de nuestros mártires y, en especial, a José Francisco Peña Gómez.
Recalcó que ha dedicado su carrera política a luchar por el desarrollo democrático del PRD con el fin de convertirlo en un instrumento eficaz que ponga el Estado al servicio de la gente, garantice los derechos ciudadanos, respeto el medio ambiente y los recursos naturales y que las posiciones públicas que ha desempeñado las ha ganado en libre competencia, rechazando siempre las negociaciones de aposento, procurando que la dirección media y la militancia ejerzan el derecho a tomar decisiones y disfruten del justo ascenso en las estructuras partidarias.
Lamentó que los grupos decidieran negar repentinamente a más de 40 mil perredeístas la oportunidad de participar como aspirantes a cargos de dirección, precisamente en el partido templo de la democracia y los derechos humanos del país y al tiempo de afirmar que afortunadamente, la votación sobre este tema en esa comisión reflejó que aun existen muchos perredeístas libres del malsano complejo grupal que tanto daño hace a la organización.
Resaltó que la Comisión Organizadora violó su resolución 43 que establece que cuando un tema contradiga los estatutos no serán sometido a discusión.
Modificar estatutos
La Resolución No.89 propone someter al conocimiento del CEN las distintas resoluciones a los fines de que le otorgue legalidad institucional sin reparar que sería jurídicamente imposible porque solo una Convención Estatutaria puede cambiar los estatutos partidarios según reza en su artículo 212.
Elección sólo en la cúpula
Detalló que, mediante la Resolución no. 88, se intenta materializar la más indigna violación al negar el derecho de elegir y ser elegido de todos (as) los y las perredeístas en la convención, disponiendo:
“Postergar para el año 2010 después de las elecciones congresionales y municipales, la segunda fase de elección para completar todas las autoridades en los niveles y cargos dirigenciales que quedarán pendientes de elegir en la primera fase de elección.”
Con esta medida se niega soberanamente la prerrogativa mejor valorada por nuestra militancia, como es el derecho inalienable de elegir y ser elegido según consta en los estatutos perredeístas al señalar: “Art.172. Todos los dirigentes y militantes tienen el derecho de presentar su candidatura para puestos dirigenciales dentro del partido y para ser postulados a cargos públicos de elección popular, siempre y cuando llenen los requisitos definidos para éstos y sean presentados por un comité o frente de masas provincial, municipal o zonal, o una secretaría o departamento del partido.”
Expresó que esta violación se agrava por su carácter caprichoso y discriminatorio al privilegiar la elección de la cúpula, mientras se posterga la selección de los cargos restantes que corresponden precisamente a la militancia.
Padrón Abierto
La Resolución número 87 aprobó lo siguiente: “celebrar la XXVII Convención Ordinaria con el padrón abierto de la Junta Central Electoral, excluyendo del mismo los seguidores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y los del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), a estos fines, se aplicará el mismo procedimiento de la XXVI Convención Ordinaria del año 2007”.
Esta disposición, dijo, es contraria a los estatutos perredeístas que dicen: “Art.173. Los cargos de presidente (a), el 70% de los (as) vicepresidentes (as), el (la) secretario (a) general, el (la) secretario(a) nacional de organización y el 70% de los (as) subsecretarios as) generales del partido, serán elegidos mediante candidaturas uninominales, por el voto universal, directo y secreto de la militancia…”
Recordó que los esfuerzos de las autoridades perredeístas por obtener los padrones del PLD y del PRSC no tuvieron éxitos, por tanto, será imposible excluir sus militancias del padrón general de la JCE a fin de impedir que pudieren votar en la convención del PRD , en adición, resulta penoso que tantos comisionados -aunque el 40% no estuvo de acuerdo- pasen por alto que se trata de elegir los dirigentes de un partido de oposición favorito para llegar al poder, lo que convierte dicha elección en un asunto delicado por razones de seguridad e inteligencia, en otras palabras, es un asunto privativo de los perredeístas.
Sostuvo que esta medida, aparte de violatoria, despoja a la militancia del sentimiento de propiedad con la organización objeto de su trabajo, sacrificio, amor y pasión, causando con ello seguros distanciamientos y enfriamiento de la mística perredeísta.