Corregir el Código Penal no es ceder; es evitar un grave error

EDITORIAL. La prudencia exige perfeccionar una legislación que marcará el futuro de la justicia dominicana durante las próximas décadas

En democracia, rectificar a tiempo nunca debe interpretarse como una señal de debilidad. Por el contrario, cuando se trata de una legislación que regirá derechos fundamentales, corregir los errores antes de que produzcan consecuencias irreparables constituye un deber del Estado.

La solicitud del Poder Ejecutivo de ampliar el período de vacatio legis del nuevo Código Penal ha generado reacciones encontradas. Sin embargo, más allá del ruido político, la verdadera discusión debe centrarse en la calidad de la ley que recibirá la sociedad dominicana.

Las advertencias formuladas por el abogado Tony Delgado, publicadas en Listín Diario, no pueden ser desestimadas. Si el texto contiene ambigüedades, contradicciones y deficiencias de técnica legislativa, como sostiene el jurista, el problema deja de ser jurídico para convertirse en un asunto de seguridad institucional. Una ley confusa no fortalece la justicia; la debilita. Una norma susceptible de múltiples interpretaciones no genera certeza; alimenta la discrecionalidad y la inseguridad jurídica.

La República Dominicana no puede darse el lujo de estrenar un Código Penal que nazca con vacíos, contradicciones y disposiciones que terminen siendo corregidas por los tribunales a fuerza de sentencias contradictorias. Esa no es la función del Poder Judicial. La responsabilidad de producir leyes claras corresponde al Congreso Nacional, con el acompañamiento de todos los sectores llamados a enriquecer el debate.

Particular preocupación generan las disposiciones relacionadas con la difamación, la injuria y la libertad de expresión. Ninguna democracia madura puede permitir que normas redactadas con imprecisión se conviertan en instrumentos para intimidar periodistas, limitar el escrutinio público o restringir el derecho de los ciudadanos a expresar opiniones e investigar los actos del poder. Defender el honor de las personas es legítimo; proteger las libertades públicas es indispensable. El equilibrio entre ambos derechos no admite improvisaciones.

Resulta oportuno recordar que la vacatio legis no fue concebida para adornar las leyes con un plazo simbólico. Es un mecanismo diseñado para que jueces, fiscales, policías, defensores públicos y abogados conozcan las nuevas disposiciones y adapten sus procedimientos antes de su aplicación. El precedente del Código Procesal Penal demuestra que las grandes transformaciones jurídicas requieren preparación, capacitación y tiempo. Pretender lo contrario sería condenar al sistema a la improvisación.

La presión por exhibir un nuevo Código Penal aprobado no puede imponerse sobre la obligación de garantizar que ese instrumento jurídico sea coherente, constitucional y técnicamente sólido. Aprobar una ley para corregirla después es una práctica que deteriora la confianza ciudadana en las instituciones y proyecta una preocupante imagen de improvisación legislativa.

El presidente Luis Abinader y el Congreso Nacional tienen ahora la oportunidad de demostrar que el interés nacional está por encima de cualquier cálculo político. Escuchar las observaciones de juristas, académicos, gremios y organizaciones de la sociedad civil no significa ceder a presiones; significa gobernar con sensatez y legislar con responsabilidad.

La República Dominicana necesita un nuevo Código Penal, pero necesita, sobre todo, un buen Código Penal. Uno que garantice seguridad jurídica, respete la Constitución, proteja las libertades fundamentales y responda a los desafíos de la criminalidad moderna sin dejar espacios para la arbitrariedad.

Porque las malas leyes no solo generan malos procesos. También producen injusticias. Y cuando una injusticia nace de una ley mal redactada, la responsabilidad recae sobre quienes tuvieron la oportunidad de corregirla y decidieron no hacerlo.

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