La jueza del Segundo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Claribel Nivar Arias, desestimó la petición de dejar en libertad a Sobeida Félix Morel, incoada por su abogado, Félix Porte, por alegada violación del plazo de 24 horas para presentar un recluso ante un juez contemplado en el Código Procesal Penal.
La decisión de la abogada está basada en el plazo de las 48 horas que otorga la Constitución de la Republica, la cual Ley de leyes tumba lo que contempla el Código Procesal Penal.
El abogado Porte no puso oposición y acogió el dictamen del magistrado Nivar Arias. En ese sentido, a Sobeida Félix se le cambió la medida de coerción, de garantía económica por prisión preventiva, como garantía de que no se vuelva a fugar.