El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), aprobó el reglamento que regulará los matrimonios religiosos celebrados en las iglesias cristianas no católicas, para que los mismos tengan efectos civiles.
La normativa aprobada por los miembros titulares de la JCE establece las condiciones para que las iglesias evangélicas, como son llamadas las no católicas, realicen las bodas de sus feligreses.
Con la aprobación del referido reglamento la JCE cumple con la Ley 198-11, de agosto del año pasado, que instituye los matrimonios de las iglesias no católicas.
El reglamento establece que es responsabilidad de las iglesias capacitar a sus ministros, pastores, sacerdotes o funcionarios religiosos, los cuales serán acreditados por esas instituciones para realizar los matrimonios.
La JCE estableció que para obtener el registro, las iglesias deberán no estar “sujetas o amparadas en base a un acuerdo internacional, como lo es el Concordato celebrado entre la Santa Sede y el Estado dominicano”; poseer personería jurídica propia; tener más de cinco años de establecidas en el país; designar los pastores, sacerdotes, ministros, funcionarios o religiosos con facultad para oficiar matrimonios.