La presidenta ejecutiva de la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP), Kirsis Jáquez, afirmó que la evasión y elusión que cometen empleadores contra el Sistema de Seguridad Social también perjudica de manera significativa las pensiones que van a recibir los trabajadores.
Precisó que además de afectar la parte de salud, en cuanto al Sistema de Pensiones las consecuencias son igualmente muy perjudiciales para los trabajadores, los cuales deben recibir en sus cuentas de capitalización individual para pensiones, tanto el aporte que se les retiene como el que debe pagar el empleador, a fin de que con la gestión de su AFP se incremente su ahorro y puedan financiarse su pensión al momento del retiro.
A su entender, el no pago de los aportes desprotege también al trabajador en caso de una discapacidad o deja en el desamparo a sus beneficiarios o sobrevivientes si el trabajador fallece.
Jáquez considera que la no cotización de los aportes retenidos a los trabajadores por parte de empleadores, constituye una estafa, que de manera consciente cometen empleadores en perjuicio de los trabajadores y del equilibrio del propio Sistema, en abierta y desafiante violación de la Ley 87-01 de Seguridad Social.
Explicó que la tasa de remplazo, que es la proporción o nivel de la pensión que recibirá un trabajador comparado con los últimos ingresos devengados al momento de su retiro, se ve sensiblemente afectada y reducida por las acciones de evasión y elusión por parte de empleadores, con el no pago a la seguridad social, ya que no les llegan a la cuenta del trabajador en su AFP los aportes que de acuerdo con su salario debe recibir mensualmente para acumular a lo largo de su vida laboral.
“Estas acciones delictivas constituyen un factor determinante que incidirá negativamente, reduciendo de manera significativa los niveles de las pensiones que recibirán los trabajadores en República Dominicana”, sostuvo la ejecutiva.
Jáquez indicó que se amerita que las autoridades tomen acciones decisivas e inmediatas en contra de estas acciones, con las que se lucran ilícitamente empleadores en detrimento de los trabajadores, con lo cual se les vulneran sus derechos y se exponen al desamparo y la desprotección tanto del trabajador como de sus familiares.
Dijo que para ello no sólo está la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), sino que además la ley faculta también a las dos superintendencias, la de Pensiones (Sipen) y la de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), indicando que podrán auxiliarse de la Secretaría (Ministerio) de Trabajo y de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).