El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional envió a la cárcel por 20 años a Emilio Radhamés Morales Santiago, a quien encontró culpable de incesto en perjuicio de una nieta de 4 años.
Los jueces del tribunal acogieron como buenas y válidas las pruebas presentadas por el Ministerio Público, representado por las procuradoras fiscales Wendy González y Magalys Sánchez.
Morales Santiago realizó actos sexuales con su nieta, una niña de apenas 4 años de edad, en su propia residencia, hechos que fueron narrados por la menor al ser interrogada en el Centro de Entrevistas para personas en condición de vulnerabilidad de la Dirección de Niños, Niñas y Adolescentes.
La evaluación sicológica realizada por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses revela que la niña presenta conductas que corresponden con individuos que han vivido experiencias traumáticas dentro de su sano desarrollo, afectando esto su autoestima.
El delito cometido por el condenado está tipificado y sancionado en los artículos 332-1 y 332-2 del Código Penal Dominicano, y 396, literal b, de la Ley 136-03, que instituye el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, consistiendo en los delitos de incesto y abuso psicológico.
El Código Penal Dominicano define este delito como un acto de naturaleza sexual realizado por un adulto mediante engaño, violencia, amenaza, sorpresa o constreñimiento en la persona de un niño, niña o adolescente con el cual estuviere ligado por lazos de parentesco natural, legítimo o adoptivo hasta el cuarto grado o por lazos de afinidad hasta el tercer grado.




