Una decisión reciente del Tribunal Constitucional invita a analizar algo que trasciende la orientación de los individuos e incide en las relaciones personales dentro de una estructura de mando vertical.
El servicio militar opera bajo un principio claro: las decisiones deben ser producto de la disciplina y el deber, no de vínculos personales. Cuando se compromete ese principio, la cohesión se debilita.
A este aspecto estructural se suma un factor sociológico propio del país. Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional están compuestas por ciudadanos formados en una cultura con patrones tradicionales marcados, que influyen en la percepción del grupo frente a ciertas relaciones.
La vida militar exige neutralidad en las decisiones, claridad en la cadena de mando y cohesión interna. Cualquier vínculo afectivo entre miembros introduce variables que pueden alterar esa dinámica.
El conflicto se agrava cuando una relación involucra a un superior y un subordinado. En estos casos, se crea un escenario de posible conflicto de interés afectando la lectura interna de justicia y la legitimidad de decisiones operativas.
No importa la naturaleza del vínculo: cuando el afecto se mezcla con la autoridad, las decisiones pueden ser influídas por factores ajenos al interés institucional. Esto puede incidir en asignaciones, evaluaciones, sanciones o reconocimientos, y afectar la moral colectiva.
Los reglamentos castrenses han buscado históricamente prevenir estas situaciones. La razón es simple: la autoridad debe ejercerse sin elementos que generen dudas sobre su imparcialidad.
Aunque el conflicto disciplinario es idéntico en todos los casos, la reacción del personal puede variar debido a cómo el colectivo interpreta lo que ocurre dentro de su unidad. La percepción —independientemente de su validez— tiene impacto directo en la estabilidad del clima interno.
Ese componente cultural no altera la legalidad, pero obliga a las instituciones a contemplarlo en la gestión de sus reglamentos internos. El desafío consiste en armonizar derechos individuales con la necesidad de preservar un ambiente operativo estable.
En este proceso, resulta esencial evitar cualquier tipo de valoración emocional sobre la vida privada de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Las decisiones deben basarse en criterios objetivos y funcionales.
La actualización normativa es una herramienta indispensable. Es necesario establecer reglas claras sobre relaciones entre miembros de distinto rango, independientemente de su naturaleza, y definir mecanismos de supervisión que resguarden la neutralidad del mando.
También debe fortalecerse la formación en temas de convivencia y manejo de situaciones internas, para garantizar que todo sea tratado con el rigor institucional que corresponde.
Se deben considerar factores negativos —como el narcotráfico— en los que hay que estar atentos a la vida privada de los uniformados para proteger la estructura sobre la cual descansa la misión de defensa y seguridad.
La disciplina, la verticalidad y la confianza en las decisiones del superior son elementos irrenunciables. Cuando la percepción de imparcialidad se erosiona, aun sin intención, se produce un efecto que trasciende a las personas involucradas y compromete la estabilidad de la unidad.
Retornando a la decisión del Tribunal Constitucional que declara inconstitucionales las disposiciones que penalizaban las relaciones entre personas del mismo sexo dentro de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, la misma no debería centrarse en la orientación de los individuos, sino en cómo preservar la operatividad de instituciones que requieren cohesión total para cumplir su misión constitucional.
La correcta regulación de las relaciones internas, la claridad sobre los límites en la cadena de mando y la gestión responsable de los factores socioculturales son elementos clave para asegurar que las instituciones uniformadas del país mantengan su capacidad de actuar con eficacia, neutralidad y disciplina.




