TC de Perú ordena archivar el juicio en contra de Keiko Fujimori

Lima.- El Tribunal Constitucional de Perú ordenó dejar «sin efecto» la acusación fiscal contra la líder política Keiko Fujimori y contra su partido, Fuerza Popular, tras determinar que el proceso que se le seguía por la presunta financiación irregular de sus campañas electorales de 2011 y 2016 «carece de sustento jurídico».

La decisión del TC declaró «fundada» una demanda presentada por la defensa de la hija y heredera política del expresidente Alberto Fujimori (1990-2000) y ordenó que se archive este proceso, conocido como el ‘caso cócteles’.

La abogada de Fujimori, Giulliana Loza, había pedido que se declaren nulas las resoluciones judiciales vinculadas con el proceso que se le sigue a su defendida por los delitos de lavado de activos, organización criminal, falsa declaración y falsedad genérica, así como «todos los actos precedentes» seguidos desde el inicio de las investigaciones preliminares, en 2017.

Loza argumentó que antes de noviembre de 2016 no se consideraba que recibir dinero para financiar una campaña política podía implicar un delito de lavado de activos y que la Fiscalía incorporó nuevos elementos al caso en octubre de 2018 «sin respetar el derecho a la defensa».

Los argumentos del TC
En ese sentido, la decisión del TC, que se tomó con el voto de cinco de los siete integrantes del tribunal el 2 de octubre, declaró «fundada» su demanda.

Ordenó, por ese motivo, al Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia que resuelva «dentro del más breve término y teniendo en cuenta las consideraciones señaladas en la presente sentencia, la situación jurídica de doña Keiko Sofía Fujimori Higuchi».

«No se está declarando la inocencia o culpabilidad de la beneficiaria, sino constatando la inviabilidad de proseguir con una imputación carente de sustento jurídico y claramente opuesta a lo establecido en la Constitución», aclaró la resolución.

Sin embargo, en un voto singular, la presidenta del TC, Luz Pacheco, consideró que la petición de Loza debía declararse «improcedente», ya que el juez constitucional no tiene entre sus funciones determinar si la conducta del imputado «calza o no con un determinado tipo penal o clasificar el propio tipo penal».

El ‘caso cócteles’
El llamado ‘caso cócteles’ se abrió contra Fujimori y otros dirigentes del partido Fuerza Popular por la presunta financiación irregular de sus campañas electoral de 2011 y 2016 con dinero de empresas privadas, que la agrupación política explicó como procedente de una serie de ‘cócteles’ en los que participaron simpatizantes.

Entre los supuestos aportantes irregulares a las campañas de Fujimori estuvieron la empresa brasileña Odebrecht y varios conglomerados económicos peruanos, lo que llevó a la Fiscalía a considerar que se había conformado una «organización criminal», por lo que también se debía ordenar la disolución de Fuerza Popular.

El pasado 2 de julio, el equipo fiscal que investiga el caso Lava Jato en Perú amplió a 35 años el pedido de prisión para Fujimori por este caso, al presentar una nueva acusación penal después de que el juicio oral, en el que pedía 30 años de cárcel para la política, fuera anulado en abril y el proceso devuelto a la etapa previa de acusación.

La presentación de la nueva acusación se dio en cumplimiento de otra resolución emitida en 2023 por el TC y luego de que la Segunda Sala Penal de Apelaciones del Poder Judicial declaró infundada una apelación del fiscal anticorrupción José Domingo Pérez, con lo que ratificó la decisión del Constitucional.

Además de ordenar que la Fiscalía emitiera una nueva acusación ajustada a procedimiento, el TC también sostuvo que había vicios en el auto de enjuiciamiento que hacían insostenible la continuidad del juicio oral, que había comenzado el 1 de julio de 2024.

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