Comienza veda de langosta desde 1 de marzo

El Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (CODOPESCA), informa a todos los involucrados en la actividad pesquera que desde el 1ero de Marzo hasta 30 de junio del presente año está prohibido en todo el territorio nacional la captura y comercialización de las siguientes especies de langostas:
 

Nombre vernáculo o vulgar             Nombre Científico

Langosta espinosa                             Panulirus argus

Langosta pinta                                  Panulirus guttatus

Mamá langosta                                  Parribacus antarcticus

Langosta de piedra                             Scyllarides sp.

 
Esta prohibición se ejecuta en cumplimiento a lo que establece el Decreto 119-12 del 4 de marzo del año 2012, a ley 307-04 en sus artículos 48 y 80 y al Reglamento OSP-02-09, que establece la veda regional simultánea para todos los países de Centroamérica y la República Dominicana.
 
Durante la veda se prohíbe la captura, el procesamiento y la tenencia de langostas vivas, carne o masa y la comercialización de las especies señaladas.  Exhortamos a los propietarios y administradores de supermercados, hoteles, restaurantes, pescaderías y pescadores, abstenerse de capturar y comercializar este producto y/o sus derivados durante este período. Será obligación de todo pescador y/o propietario de embarcaciones pesqueras, sacar del agua y almacenar todo arte de pesca utilizado para la captura de langostas, incluyendo nasas y chinchorros langosteros.
 
De igual modo, se establece un plazo límite hasta el día 28 de febrero a las 12 a.m.,  del presente año 2017, para que dichos comercios y personas físicas dedicadas al comercio pesquero, vendan o consuman todo tipo de  langostas en sus diversas formas y procesos (masa, cola y estado natural).

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