Tribunal falla a favor de Profamilia

La Quinta Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional rechazó el recurso de amparo interpuesto por la Iglesia Católica contra la campaña educativa de Profamilia sobre los derechos sexuales y reproductivos.
 
De inmediato, la Iglesia  anunció que recurrirá la sentencia de la jueza Eunice Minaya Pérez, mediante un recurso en el Tribunal Constitucional.
 
La barra de la defensa de Profamilia estuvo representada por los abogados Nassef Perdomo, Cristóbal Rodríguez y Laura Acosta Lora. Mientras que los defensores de la Iglesia Católica fueron  Jorge Hilario López, Edwin  Grander  y Carmen Luisa Pons.
 
Durante la audiencia, celebrada en la mañana de este lunes, la magistrada Eunice Minaya Pérez, escuchó las declaraciones del psiquiatra Rafael García Álvarez, quien aclaró que la campaña de Profamilia no induce a una relación sexual anticipada de los jóvenes.
 
En sus conclusiones  los abogados de la Iglesia pidieron al tribunal acoger el recurso de amparo y ordenar el retiro de los spots publicitarios; en tanto que los defensores de Profamilia solicitaron declararlo inadmisible por improcedente, mal fundado y carente de base legal. Explicaron que los accionantes   contra la campaña  no son titulares de los derechos fundamentales alegadamente violados.
 
También consideraron que los  códigos del Menor, de Trabajo,  Procesal Penal, así como la Ley 6123, sobre Disfunción y Expresión  del Pensamiento prevén otras vías para sancionar y conocer de las supuestas infracciones que sustentan.
 
Expresaron que la campaña no vulnera el derecho a la libertad  de opinión, expresión, información, manifestación, salud e integridad física.
 
Asimismo, pidieron al tribunal pronunciar la inadmisibilidad  de la acción por la ausencia de interés legítimamente protegido. Aclararon que estas solicitudes se realizan en conformidad con los textos legales contenidos en el artículo 70, de la Ley 137-11, del Tribunal Constitucional, así como los artículos 44 y siguientes de la Ley 834 del 15 de julio de 1978.
 
Los abogados de Profamilia afirmaron, además, que el recurso de amparo encausado por un sector de la Iglesia Católica solo pretende coartar la liberta de opinión, expresión y manifestación de la institución en el ejercicio de sus propios derechos fundamentales, así como el cumplimiento de la normativa constitucional.

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