La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), dispuso nuevas medidas para el aumento de la transparencia, la seguridad y el control en los reportes de gastos de las empresas estableciendo que todos los contribuyentes que efectúen pagos superiores a los cincuenta mil pesos (RD$50,000.00).
Esta disposición es en adición a los comprobantes fiscales con valor de crédito fiscal, deberán utilizar cualesquiera de los medios establecidos en el sistema de intermediación bancaria y financiera.
La decisión comunicada mediante la Norma General 06-10 explica que los medios de pagos utilizados deberán individualizar al beneficiario y ser distinto a los pagos en efectivo; para poder respaldar costos y gastos deducibles o que constituyan créditos fiscales y demás egresos con efecto tributario.
La Norma General 06-10 que se publica en la prensa en el día de hoy establece, además, que las operaciones que generen obligación tributaria y que se realicen por medio de permuta o bienes en naturaleza u otros tipos de actos en los que no pueda utilizarse los medios de pago establecidos en el sistema bancario, deberán formalizarse en actos con fe pública.
Para tomar la medida Impuestos Internos consideró que existen costos y gastos que representan un volumen elevado en operaciones de negocios, que deben estar sustentados mediante documentos fehacientes para ser admitidos como deducibles del Impuesto Sobre la Renta y que puedan constituir un crédito del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).
En la Norma General la DGII recuerda que las disposiciones del literal h), del Artículo 50 del Código Tributario, la Administración Tributaria debe exigir que los registros contables estén respaldados por los comprobantes correspondientes y que el valor probatorio de éstos, a los fines tributarios, dependa de la fe que los mismos merezcan.
El Código Tributaria establece que constituye un deber formal de los contribuyentes la presentación a la Administración Tributaria, de las declaraciones, informes, documentos, formularios etc., relacionados con los hechos generadores de obligaciones y, en general, dar las aclaraciones que les fueren solicitadas.