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Sociedad respalda aprobación Ley para control de armas

LA VOZ DE LOS QUE NO LA TIENEN ||
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La población ve con buenos ojos la aprobación de la Ley para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, que establece penas de entre tres y cinco años por el porte y de 30 a 40 años contra quienes causen muertes con un artefacto ilegal o lo use para cometer robos.
 
Diversas personas consultadas al respecto por este Multimedios DominicanosHoy respaldaron la medida, al alegar que esta propuesta contribuirá a disminuir los índices de violencia en el país.
 
Sin embargo, otros como Miguel Peguero, abogado de profesión, pese a que apoyan la disposición, entienden que una medida de esta magnitud debe de ir acompañada con una reforma dentro de la Policía Nacional.
 
“Además una ley sin aplicación no tiene resultados; entiendo que lo mejor sería implementar mecanismos para su excelente uso. Otra cosa, tú no puedes desarmar y tener una Policía que la población no confía en ella, que se siente insegura frente a un uniformado”, destacó.
 
Juan de los Santos, comerciante, dijo que la aprobación de esa ordenanza es lo mejor que el Congreso ha anunciado en muchos años, pues la proliferación de armas fuego ilegales en manos de la población civil solo contribuye con más violencia, inseguridad y delincuencia.
 
“Soy padre de ocho hijos, cuatro de cada sexo y lo más doloroso es escuchar tantas muertes de jóvenes en manos de delincuentes para robarle y precisamente el instrumento que utilizan es ilegal”, apuntó
 
De su lado, Yamilka Toribio, quien es maestra de oficio, al opinar sobre el particular expuso que en este país, todo el mundo quiere tener una pistola y no se puede seguir así. A juicio de la educadora, esos aparatos deben estar en manos de las Fuerzas Armadas y en casos especiales, el ciudadano que por su labor diaria amerite el porte o tenencia de un arma, debe tener el entrenamiento y la madurez necesaria para obtenerla.
 
Aunque confiesa que por sí sola una Ley de esta naturaleza no traerá paz y seguridad, pero sí que es un paso vital para prevenir la comisión de hechos punitivos. Señaló que, según datos oficiales, el 63 por ciento de las muertes por enfrentamientos entre civiles son ejecutadas con armas de fuego.
 
El artículo 66, referente al sistema de sanciones, especifica que la tenencia ilegal de municiones, explosivos y sus accesorios, conllevan sanciones que van desde tres a cinco años de prisión.
 
Establece, además, el decomiso del aparato y el pago de 25 a 50 salarios mínimos del sector público y en los casos de personas jurídicas, se le establecerá al representante legal una pena de tres a cinco años de prisión y una carta de amonestación con copia al registro, con el que se justificará la cancelación de la licencia de porte o tenencia.
 
La normativa establece que cualquier persona física que le quite la vida a otra para cometer un robo en las condiciones señaladas, será sancionada con penas que van de 30 a 40 años de prisión. En tanto que si en un robo que provocan heridas que causen lesiones permanentes, la sanción será de 20 a 30 años, y si las heridas no causan lesiones permanentes las penas oscilarán entre 15 y 20 años de prisión.
 
De igual modo, se penaliza el secuestro con arma ilegal con prisión de 30 a 40 años. También la asociación de malhechores usando este recurso será castigada con penas de 20 a 30 años.
 
Además, la ley establece que los funcionarios públicos que presten armas a civiles serán castigados con condenas de 10 a 20 años de prisión, y los que la asignen a civiles, sin importar las formalidades, serán castigados con penas de tres a cinco años de prisión y la cancelación de sus funciones.
 
Recuadro I
El proyecto, de la autoría del diputado Víctor Bisonó, que anteriormente había sido aprobado en la Cámara de Diputados, fue sancionada por unanimidad por los 22 senadores presentes en la sesión. Ahora pasará al Poder Ejecutivo para ser observado o promulgado.

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